El pasado viernes 23 de julio comenzó a regir en Panamá la nueva normativa de ingreso de migrantes (incluyendo a los venezolanos) a su territorio.
Entre las medidas establecidas destacan las siguientes:
1- Todos los pasajeros deben presentar, previo al abordaje, la Declaración Jurada de Salud digital registrada de manera física y/o digital en la página web: https://panamadigital.gob.pa/.
2- Pasajeros residentes o extranjeros procedentes, que hayan permanecido o transitado en Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Surinam, Venezuela, India, Reino Unido y Sudáfrica en los últimos 15 días, quedarán exonerados de la cuarentena de tres días y de la prueba adicional en aeropuerto al registrar en la declaración jurada lo siguiente:
–Prueba de PCR o antígeno de COVID-19 negativa, realizada 72 horas previas a la llegada a Panamá o prueba realizada al ingresar al Aeropuerto Internacional de Tocurem bajo su propio costo.
–Y tarjeta o certificación digital del esquema completo de vacunación avalado por la OMS, EMA, FDA, igual o mayor a 14 días posterior a su última dosis.
El documento también establece que los pasajeros que no cuenten con la tarjeta de vacunación deben realizarse la prueba de COVID-19 adicional en aeropuerto y cumplir con cuarentena de 3 días:
–En domicilio para nacionales o residentes.
–O en un hotel hospital para viajeros no COVID-19 según disponga la autoridad sanitaria, a costo del Estado panameño.
–O en hoteles autorizados por la autoridad sanitaria a elección y costo del viajero.
Cabe destacar que, a partir del venidero 9 de agosto, los requisitos para ingresar a Panamá presentarán los siguientes cambios:
1- Pasajeros extranjeros procedentes, que hayan permanecido o transitado en Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Surinam, Venezuela, India, Reino Unido y Sudáfrica en los últimos 15 días, que no cuenten con la tarjeta de vacunación deberán realizarse una prueba de COVID-19 adicional en el aeropuerto y cumplir con cuarentena de 3 días en hotel autorizado por la autoridad sanitaria a costo del viajero.
2- Aquellos pasajeros que hayan dado positivo a la prueba de COVID-19 deberán cumplir con aislamiento obligatorio por 14 días, ya sea en domicilio para nacionales o residentes, o en hoteles autorizados.
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