viernes, 31 de enero de 2014

Autorizan importación de vehículos desensamblados bajo el régimen MEIV

Así lo establece la resolución conjunta N° 008 emitida por las carteras de Economía, Finanzas y Banca Pública e Industrias, que circula este viernes.
 Los Ministerios del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública y del Poder Popular para Industrias autorizan la importación de vehículos desensamblados bajo el régimen de Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (MEIV), destinados a la producción nacional.
Así lo establece la resolución conjunta N° 008 emitida por las carteras de Economía, Finanzas y Banca Pública e Industrias, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.345 con fecha del 30 de enero, que circula este viernes.
La resolución precisa que para obtener la autorización de importación bajo el régimen referido, las empresas interesadas deben suscribir un convenio de ensamblaje con el Ministerio del Poder Popular para Industrias.
Posteriormente, especifica la norma, las empresas deben presentar la solicitud de “Calificación de Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (MEIV)” ante ese organismo.
La solicitud mencionada indicará la marca, modelo, versión,cantidad, peso bruto, peso neto, valor FOB del vehículo a producir o ensamblar, cronograma de importación, país o países de origen, modalidad de importación y aduanas de ingreso.
La resolución conjunta entrará en vigencia a los cinco días continuos a su publicación en la Gaceta Oficial,.




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