El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y
Tributaria (Seniat) autorizó, tanto a personas naturales como jurídicas, la
importación de vehículos nuevos o usados. Así quedó establecido en la
resolución 013, de fecha 8 de abril, y que publicada en la Gaceta Oficial 6.454
del pasado 29 de abril.
Dicha resolución establece que los vehículos pueden ser de
cualquier marca y modelo, siempre y cuando la importación se haga sin ningún
fin comercial.
“Los vehículos usados,
amparados por la referida resolución, son solo aquellos cuyos año-modelo que
asigna el fabricante o el año de fabricación no sea mayor de cinco años,
respecto al año en que se realice la importación”, detalla el referido
documento.
Resalta además que “los vehículos objeto de
importación a la luz de la resolución in comento deberán estar debidamente
homologado por la autoridad competente en materia de tránsito y transporte
terrestre”.
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