lunes, 20 de mayo de 2019

¿Se podrán importar vehículos nuevos o usados? Esto establece resolución 013 del Seniat


El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) autorizó, tanto a personas naturales como jurídicas, la importación de vehículos nuevos o usados. Así quedó establecido en la resolución 013, de fecha 8 de abril, y que publicada en la Gaceta Oficial 6.454 del pasado 29 de abril.

Dicha resolución establece que los vehículos pueden ser de cualquier marca y modelo, siempre y cuando la importación se haga sin ningún fin comercial.

“Los vehículos usados, amparados por la referida resolución, son solo aquellos cuyos año-modelo que asigna el fabricante o el año de fabricación no sea mayor de cinco años, respecto al año en que se realice la importación”, detalla el referido documento.

Resalta además que “los vehículos objeto de importación a la luz de la resolución in comento deberán estar debidamente homologado por la autoridad competente en materia de tránsito y transporte terrestre”.




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