Este miércoles, la ministra de Comercio Nacional, Eneida Laya, aseguró que está suspendido –no exonerado– el pago de alquileres entre el 1 de abril y el 1 de septiembre de 2020, aclarando así el alcance de la medida adoptada por el presidente Nicolás Maduro para proteger a las familias y a propietarios de negocios, de los efectos económicos de la pandemia del coronavirus.
Las declaraciones las ofreció la funcionaria durante una entrevista concedida a la periodista Esther Quiaro, en el programa Al Instante, que se transmite por la cadena Unión Radio.
Al tratarse de una suspensión y no de una exoneración, aunque están prohibidos los desalojos por no cancelar a tiempo el importe del arriendo, las leyes que regulan la materia de alquileres tanto en viviendas como en locales para uso comercial, prevén que arrendadores y arrendatarios pueden establecer acuerdos de pago, así como definir reestructuraciones o financiamiento de la deuda que se adquiera mientras la medida está vigente.
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Que pasa con aquellos arrendatarios que NO quieren pagar ni refinanciar su deuda sino vivir 6 meses de gratis? Que puede hacer y a donde puede dirigir los arrendadores afectados por esta medida?
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