viernes, 13 de agosto de 2010

Avances legislativos han permitido el desarrollo de los derechos de los pueblos indígenas

El “desarrollo de las leyes en Venezuela ha permitido el ejercicio propio de los derechos de los pueblos indígenas”, así lo señaló el defensor especial para la Protección de los Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, José Alonso Guevara, quien estuvo en calidad de invitado junto a la presidenta de la Comisión Permanente de Pueblos Indígenas de la Asamblea Nacional, Nohelí Pocaterra, en el programa de radio La Voz de la Defensoríatransmitido por RNV.

El vocero de la Defensoría del Pueblo indicó que “somos un país de vanguardia en el desarrollo de esos derechos, toda vez que en la Asamblea Nacional, que es el poder que dicta las normas, tenemos más de 40 leyes que desarrollan los principios constitucionales y tenemos 7 leyes específicas que desarrollan derechos de los pueblos indígenas”.

Al respecto, recordó que la Constitución de 1961 sólo establecía en su artículo 77 una excepcionalidad que atendía a los pueblos originarios, mientras que en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se logró una reivindicación por parte del Estado venezolano de las luchas de las comunidades indígenas y el reconocimiento de todos sus derechos humanos.

Asimismo, el representante de la Defensoría del Pueblo indicó que la institución defensorial ha participado en la construcción de normas jurídicas, haciendo sus recomendaciones y observaciones desde el punto de vista de los derechos humanos a los proyectos de leyes referidos a los pueblos indígenas.

El defensor especial para la Protección de los Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo afirmó que Venezuela ha cumplido con los compromisos legislativos adquiridos en el ámbito internacional en el área de derechos humanos de los pueblos indígenas, consolidando así un marco jurídico que resguarda los derechos de los pueblos originarios.

Indicó que, por ejemplo, cuando se dictó la Ley Orgánica de Identificación se redactó un reglamento para establecer unos criterios propios para atender a la población indígena, a fin de garantizar y materializar su derecho a la identidad para lo cual existe una Oficina de Coordinación de Cedulación Indígena dentro del Saime (Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería) y se realizan operativos en esta materia a través de los Consejos Comunales, comunidades indígenas y sus organizaciones.

Guevara afirmó que la Defensoría del Pueblo ha priorizado dentro de su plan de actividad institucional 2010 el tema del derecho a la educación intercultural bilingüe, desarrollado de una manera más amplia en la Ley Orgánica de Educación, el derecho a la salud intercultural, el tema de la jurisdicción especial indígena y la propiedad colectiva indígena, entre otros.

Por su parte, la presidenta de la Comisión Permanente de Pueblos Indígenas de la Asamblea Nacional, Nohelí Pocaterra, ratificó que “el país ha tenido avances legislativos muy importantes una vez que se aprobó un capítulo de los derechos pueblos indígenas en la Constitución Nacional.

En este sentido, refirió que se aprobó la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierra de los Pueblos Indígenas con el propósito de promover y regular el desarrollo y ejecución de políticas y planes para la demarcación de tierras y esto se ha concretado una vez que el Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, entregó títulos de propiedad colectiva de hábitat y tierra a comunidades indígenas del pueblo Jivi en el estado Apure, a los Kariñas en Anzoátegui, a los Waraos en Monagas y Delta Amacuro y a los Yuckpas en el estado Zulia.

Para finalizar expresó que también se aprobó la Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas para proteger la forma de vida y el desarrollo sustentable de estas comunidades, la cual establece los mecanismos de relación de estos pueblos originarios y los poderes públicos.


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