jueves, 19 de enero de 2012

Ministerio Público logró condena de pareja por estafa en ventas programadas en Caracas

Ante la contundencia de la acusación del Ministerio Público, fueron condenados a tres años de prisión la diseñadora de modas, Mónica Josefina Arteaga (34) y el comerciante Alejandro Caicedo (42), quienes admitieron que, como representantes del Consorcio Dreamaker´s, estafaron a 63 personas en el Área Metropolitana de Caracas (AMC), a través de la modalidad de ventas programadas de viviendas y automóviles en un lapso de cuatro años.
            Durante la audiencia preliminar,  la Fiscal 148° auxiliar para intervenir en las fases intermedia y juicio oral del AMC, ratificó la acusación contra las referidas personas por ser coautores en el delito de estafa, en grado de continuidad, previsto y sancionado en el Código Penal.
            En el acto realizado en el Tribunal 9° de Control del AMC, la pareja decidió admitir los hechos, por lo que fueron condenados a tres años de prisión, pena que cumplirán conforme a las condiciones establecidas por una instancia de ejecución penal.
            Vale destacar que Arteaga y Caicedo se encuentran privados de libertad desde el 26 de julio de 2010. La mujer en el Internado Nacional de Orientación Femenina, mientras que el hombre en el Centro Penitenciario Metropolitano (Yare), ambos ubicados en el estado Miranda.
            En fecha 3 de noviembre de 2009, una señora denunció ante el Ministerio  Público que suscribió un contrato con el Consorcio Dreamaker´s para acceder a un crédito por un monto de 300 mil bolívares, de los cuales canceló 84 mil con la promesa, por parte de la empresa al momento de realizar la negociación, de que en un plazo de 60 días continuos se le otorgaría el préstamo.
            Igualmente, el 8 de junio de 2010, se recibió otra denuncia ante la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), de una dama que en diciembre de 2008 se inscribió para optar a una vivienda valorada en 350 mil bolívares.
            Alegó que pese a ser adjudicada en marzo de 2009, luego de realizar varios  depósitos por diferentes cuotas para un total de 51 mil 500 bolívares, llegó el tiempo estipulado en el convenio (agosto de 2009) para la verificación de los documentos consignados, y ante el incumplimiento, exigió la devolución del dinero aportado, pero se le alegó no poder hacerlo por falta de liquidez.
            En parecidas circunstancias fueron afectadas otras 61 personas, la mayoría  luego de aportar cuotas para las adquisiciones de viviendas, motos, vehículos y préstamos personales.
            El 26 de julio de 2010, varios afectados acudieron a la sede del consorcio en el edificio La Galería, Piso 10, Torre Oeste, esquinas de Salvador de León a Coliseo, La Hoyada, donde reclamaron a Caicedo la falta de cumplimiento en las negociaciones y la devolución del dinero.
            Notificadas las autoridades, acudieron al lugar funcionarios del Cicpc, quienes trasladaron a la pareja a la sede policial, lugar en el que luego de levantar la referida acta, los puso a la orden del Ministerio Público.
            La importancia de la condena penal es que ahora las víctimas podrán optar por la reparación civil ante los tribunales de dicha jurisdicción.




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