El alcalde del municipio San Diego del estado Carabobo, Enzo
Scarano, así como el director de la policía municipal, Salvatore
Lucchese, fueron condenados a 10 meses y 15 días de prisión por desacato de la orden de prohibición de barricadas en su jurisdicción.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de su cuenta en la
red social Twitter, agregó que adicional a la decisión de
encarcelamiento, se le "aplicarán las accesorias de Ley, por desacatar la sentencia."
Asimismo, a través de una nota de prensa, el TSJ ratificó que el ciudadano Vicencio Scarano Spisso cesa en el ejercicio de sus funciones en el cargo de alcalde del municipio San Diego del estado Carabobo.
Cabe recordar, que la Sala Constitucional del TSJ había fijado una audiencia oral y pública a Scarano y Lucchese, para que explicaran el presunto incumplimiento de la decisión número 136 del 12 de marzo del presente año,
mediante la cual se les ordenó que utilizaran todos los recursos
materiales y humanos necesarios a fin de evitar qu se colocaran
obstáculos en la vía pública que impidan, perjudiquen o alteren el libre
tránsito de las personas, indicaba la decisión.
Por tanto, el TSJ se pronunció este miércoles en
horas de la noche y declaró el desacato de los ciudadanos Vicencio
Scarano y Salvatore Lucchese Scaletta a la sentencia de la Sala
Constitucional del 12-03-14.
Ambos ciudadanos quedaron a la orden del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) y
se estableció como sitio de reclusión la sede del mencionado organismo
ubicado en Caracas, "hasta tanto un juez de primera instancia en
funciones de ejecución determine el sitio definitivo de reclusión",
puntualizó la magistrada Gladys Gutiérrez, afirma nota de prensa.
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