Caracas 18 de Junio del 2014.- El Ministerio de Vivienda y Hábitat publicó esta semana cuatro nuevas resoluciones que rigen el otorgamiento de créditos para adquirir una casa en Venezuela.
La novedad principal es que se modifican los montos máximos de créditos
a otorgar con recursos de los Fondos de Ahorro para Vivienda.
El financiamiento para compra de vivienda pasa de un máximo 350.000 a 500.000 bolívares;
para autoconstrucción, de 205.000 a 400.000 bolívares; para ampliación,
de 140.000 a 200.000 bolívares; y para mejoras, de 84.000 a 150.000
bolívares. Los montos que estuvieron vigentes hasta ahora se
establecieron en abril de 2013.
Los créditos para comprar casa con recursos de los Fondos
pueden ser otorgados a cualquier solicitante, sin importar su ingreso
mensual, siempre que estén activos y solventes con el Fondo de
Ahorro Obligatorio para Vivienda (Faov) o el Fondo de Ahorro Voluntario
para Vivienda (Favv), mecanismos establecidos en la Ley del Régimen
Prestacional de Vivienda y Hábitat.
Mientras, en el caso de créditos para autoconstrucción, ampliación y
mejoras de vivienda principal, están dirigidos a familias con ingreso
integral total mensual de entre uno y ocho salarios mínimos, es decir,
entre 4.251,78 y 34.014,24 bolívares. Hasta ahora, el límite eran seis
salarios mínimos.
Los créditos para compra de vivienda pueden ser otorgados hasta por 100% de la solicitud,
conforme al valor del avalúo, tomando en cuenta el ingreso familiar.
Los préstamos serán pagados con cuotas mensuales ordinarias y cuotas
extraordinarias.
Las ordinarias no superarán 35% del ingreso total
familiar mensual ni pueden ser menor a 10%. Hasta este momento, no
podían ser menores de 5%.
Las cuotas extraordinarias, que serán dos al año y no pueden ser
mayores a dos porciones ordinarias, serán solo aplicables a familias con
ingresos superiores a dos salarios mínimos (8.503,56 bolívares), según
lo establece la resolución 29 del Ministerio, publicada en la Gaceta
Oficial 40.433, de fecha 13 de junio de 2014.
Los plazos máximos para los créditos se mantienen: 30 años
para adquisición; 25 para autoconstrucción; 15 para ampliación y 10 para
mejoras.
El Subsidio para viviendas familiares
El Subsidio Directo Habitacional, una ayuda no reembolsable que
otorga el Estado, será aplicado a familias que lo soliciten al Banco
Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih) vía portal web.
Para recibirlo,
la vivienda a comprar no puede costar más de 578.000 bolívares y si es
autoconstrucción, no puede superar los 400.000 bolívares.
El Subsidio se aplica como complemento del crédito una vez agotada la
capacidad de pago del grupo familiar y puede otorgarse por 100% del
valor de la vivienda a familias con ingresos inferiores a un salario
mínimo, que opten a una vivienda que no supere los 360.000 bolívares.
Es un beneficio temporal, en el marco de la Gran Misión Vivienda
Venezuela, pues transcurridos dos años, se evalúa la condición
socioeconómica del solicitante para determinar si puede optar a un
crédito, en caso de que el ingreso resulte igual o mayor al salario
mínimo.
Créditos por cartera hipotecaria
La otra vía para acceder a créditos para vivienda es con recursos
propios de la banca, establecidos vía cartera hipotecaria.
La resolución
31 ratifica en 20% el monto de esta cartera.
Esto significa que los
bancos deben destinar al menos 20% de su cartera de crédito bruta anual
con recursos propios a otorgar nuevos préstamos hipotecarios, destinados
a la construcción, adquisición y autoconstrucción de vivienda
principal.
Ese porcentaje debe distribuirse de la siguiente manera: 65% a
préstamos a constructores para que edifiquen viviendas; 33% para
familias que compren su vivienda principal; y 2% para familias que
autoconstruyan sus casas.
En los créditos a construcción, 66% irá a proyectos dirigidos por el estatal Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat que lidera la GMVV.
El restante 34% irá a préstamos a corto plazo para construir
urbanismos, que estarán dirigidos al plan del Estado 0800 MI HOGAR,
creado en 2012 para apoyar a familias de clase media y que está regido
por la resolución 30 del Minvih. En estos casos, se mantienen topes en
los precios de venta de esas casas, establecidos por metros cuadrados.
Si las viviendas (que no podrán superar los 80 metros cuadrados) están en la zona capital, se precisa que:
En las viviendas unifamiliares (casas), el valor de venta final no podrá exceder 13.472 bolívares por metro cuadrado. Esto implica para una casa de 80 metros cuadrados un valor máximo de un millón 77.760 bolívares.
En viviendas tetrafamiliares (estructuras de cuatro apartamentos), el
valor de venta final será de hasta 10.643 bolívares por metro cuadrado,
esto es, para una unidad habitacional de 80 metros cuadrados, no más de
851.440 bolívares.
En multifamiliares (edificios) de entre tres y cinco pisos, el valor de venta final será de hasta 14.014 bolívares por metro cuadrado, lo que implica un millón 121.120 bolívares, si es un apartamento de 80 metros cuadrados.
En edificios de más de seis pisos, el metro cuadrado no podrá tener
un valor de venta final superior a 22.159 bolívares, es decir, un millón
772.720 bolívares para un apartamento de 80 metros cuadrados.
Si los proyectos son en el interior del país, se especifica:
En las casas, el metro cuadrado no podrá superar los 8.490
bolívares. Esto implica que el precio de venta máximo para una unidad de
80 metros cuadrados será de 679.200 bolívares.
Las tetrafamiliares costarán un máximo de 9.237 bolívares por metro cuadrado, es decir, 738.960 bolívares para una unidad de 80 metros.
Las multifamiliares de entre tres y cinco pisos, con un metro cuadrado de máximo 11.038 bolívares, suponen un precio de venta por unidad de 80 metros de 883.040 bolívares.
Edificios de más de seis pisos tendrán un valor de venta final de
hasta 14.304 bolívares por metro cuadrado.
De este modo, un apartamento
de 80 metros tendrá un precio máximo de un millón 144.320 bolívares.
Más créditos para familias que tienen menos ingresos
Los créditos por cartera hipotecaria para que las personas adquieran
sus viviendas, bien sea nuevas o usadas, estarán dirigidos en su mayoría
(60%) a familias con ingresos de entre uno y seis salarios mínimos.
El restante 40% de estos préstamos debe ir a familias con
ingresos mayores a seis salarios mínimos pero hasta 15 salarios mínimos
(49.054,5 bolívares).
Estos préstamos son otorgados a familias con ingresos mensuales de
entre uno y 15 salarios mínimos (63.776,7 bolívares). Si es por
autonconstrucción, será hasta ocho salarios mínimos.
Los montos serán detemrinados en función de la capacidad de pago del
solicitante y se contemplan subsidios solo si se trata de viviendas
construidas con recursos de la cartera obligatoria de años anteriores.
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