lunes, 28 de noviembre de 2016

Aborto: tercera causa de muerte materna



Debido a la penalización del aborto, en nuestro país, entre 10% y 50% de las mujeres que deciden practicarlo de manera ilegal sufren complicaciones de salud graves que requieren de atención médica inmediata.

Los casos más frecuentes que se presentan -además del daño psicológico- son las interrupciones incompletas, hemorragias, lesiones intraabdominales y procesos infecciosos, causantes de secuelas crónicas como la esterilidad, embarazo ectópico, dolor pélvico agudo y, en los peores casos, la muerte.

Así lo informa Alejandra Laprea, integrante de la coordinación nacional del colectivo La Araña Feminista y miembro de Unamujer.

Puntualizó que la criminalización del aborto “es la expresión más flagrante de discriminación por género que subsiste en Venezuela, pues los hombres abortan todo el tiempo cuando dicen ‘ese hijo no es mío’. Además, nuestro derecho a no morir por causas prevenibles relacionadas con el embarazo está siendo vulnerado”.

Que solo se permita el aborto “como medio indispensable para salvar la vida de la parturienta” según reza el artículo 433 del Código Penal, es para Laprea una situación dramática, porque dentro del proceso de embarazo influyen muchos factores, como la malformación del feto, casos de violación, incesto, entre otros agravantes que deben ser tomados en cuenta para la despenalización.

“Una persona está legalmente muerta cuando cesa la actividad cerebral y está legalmente viva cuando existe, y eso sucede entre la semana 12 y 14 de gestación… Despenalicemos el aborto hasta la semana 12 o 14 cuando el embarazo sea producto de una violación, el feto esté malformado, cause daños en la salud o ponga en riesgo la vida de la madre. Despenalicemos el aborto terapéutico”, esgrimió Laprea.

Atraso jurídico. Las leyes venezolanas con respecto al aborto, además de ser restrictivas y violar el derecho humano a decidir, se encuentran atrasadas en comparación con la legislación latinoamericana.

Existen países como Colombia, Argentina y Uruguay “donde ya se han hecho avances significativos, logrando despenalizarlo en algunas situaciones, como por ejemplo las violaciones. En México ya avanzaron, y en Chile actualmente se discute el tema en el Congreso”, indicó Maldimar León, psicóloga clínica y coordinadora ejecutiva de la Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa (Avesa).

Precisó que las mujeres de escasos recursos económicos son quienes más sufren a la hora de practicarse un aborto, ya que no tienen cómo costear una interrupción segura del embarazo, “viéndose obligadas a utilizar métodos caseros peligrosos, e incluso recurrir a clínicas clandestinas”.

La maternidad, expresó León, no es una obligación sino una decisión; “no siempre que se tiene actividad sexual se desea salir embarazada, no se puede obligar a ser mamá. Imagínense a un niño no deseado en el futuro”.

Salud pública. Nelmary Díaz, especialista en salud sexual y reproductiva y gerente de programas de la Asociación Civil de Planificación Familiar (Plafam), señaló que el aborto ilegal en nuestro país es la tercera causa de mortalidad materna. Por ello, considera necesaria su legalización para lograr disminuir la incidencia de muertes a través de la aplicación de controles.

“Lo ideal sería que nadie abortara, pero existen factores como la no planificación familiar que influyen en la decisión; tenemos buenas normas en salud sexual y reproductiva, pero no se aplican ni se conocen; se deben promover más políticas de prevención”, refirió.

El debate sobre la despenalización del aborto -aseguró Díaz- debe realizarse sin tomar en cuenta los prejuicios sociales y religiosos. “Nuestro Estado es laico, estamos hablando de leyes, las leyes no sienten. En ningún país donde se ha despenalizado las cifras han aumentado, por lo regular se mantienen o disminuyen”.

Deuda histórica

La Araña Feminista informó que desde la década del 80 los movimientos pro aborto están luchando por la despenalización como un derecho de género. Solo entre 2004 y 2010 se presentaron ante la Asamblea Nacional y el Ministerio para la Mujer siete documentos argumentativos, además de reformas parciales al Código Penal, sin obtener respuesta alguna. La avanzada entre 2008 y 2011 para aprobar el proyecto de Ley Orgánica para la Equidad y la Igualdad de Género solo quedó en una primera aprobación en plenaria. En su artículo 5, se otorgaba “…El derecho a no morir por causas previsibles y prevenibles relacionadas con la salud sexual y reproductiva” en relación con el artículo 43 de la Carta Magna, donde se indica que “el derecho a la vida es inviolable”.

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