Gracias a las acciones del Gobierno Bolivariano, a través del Ministerio de Comercio y su organismo adscrito el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), que protegieron a las familias estafadas por la empresa Proyectos, Construcciones y Mantenimiento C.A. (PROCOMAN C.A), se dio fin a los juicios que la constructora interpuso contra los 21 propietarios de la urbanización “Villa Cariño”, en Cumana, estado Sucre, quienes se negaron a firmar un nuevo de opción compra venta con precios superiores a los establecido en el contrato inicial.
La empresa PROCOMAN C.A, les exigía a los agraviados el nuevo pago o en consecuencia, el desalojo de las viviendas, ignorando lo pactado inicialmente, sin importar que estas familias tienen más de 10 años habitando el urbanismo, adquiriendo sus inmuebles desde el año 1999, a un monto que no supera, para ese momento, los 18 mil bolívares.
Al cabo de unos meses posterior a la negociación, la empresa desaparece de la ciudad de Cumana y regresa luego de 8 años de ausencia a cobrarles a los propietarios de Villa Cariño a través de un nuevo contrato, sus casas por un monto de 72 mil bolívares, lo que representa un aumento del mas del 300%, del precio contratado inicialmente.
Debido a esta situación los habitantes de este urbanismo, se negaron a pagar y asumir después de tantos años un contrato que era totalmente ilegal. Sin embargo, la constructora procedió a demandarlos ante el Tribunal de 1era y 2da Instancia del Estado Sucre, exigiendo así el pago o desalojo de las viviendas.
Los afectados recurrieron a las oficinas del INDEPABIS y denunciaron la situación, lo que conllevo, después de un largo transitar, a la materialización y decisión del presidente Chávez, de intervenir la empresa PROCOMAN C.A.
El Indepabis, adopto medida Innominada de Ocupación Temporal por parte de los adquirientes del Conjunto Residencial Villa Cariño, así como la Ocupación y Operatividad sobre la sociedad mercantil PROCOMAN, C.A., a fin de evitar el desalojo de los inmuebles en aras de garantizar el derecho a la vivienda y evitar que se lesione y perjudique los intereses del colectivo.
A través de dicho procedimiento administrativo, los representantes de la empresa PROCOMAN, C.A. deciden desistir de las acciones civiles, y convienen proceder al traspaso de la propiedad de los inmuebles que conforman el Conjunto Residencial Villa Cariño, respetando el precio pactado inicialmente, en el contrato de opción a compra una vez que el Indepabis, realice los trámites correspondientes para la liberación de las hipotecas y determine el crédito otorgado al constructor por La Primogénita entidad de ahorro y préstamo absorbida por MI CASA, en la actualidad Banco de Venezuela.
Se hizo justicia para las 21 familias que se negaron aceptar ese nuevo contrato y defendieron su derecho constitucional a la propiedad de la vivienda, denunciando a esta empresa por atentar de manera irresponsable contra ellos y el bienestar de su familia.
Una vez dictada la medida de ocupación temporal a esta constructora, los demandantes deciden no continuar con las acciones civiles y convienen ambas partes denunciante como denunciado que la empresa proceda al traspaso de la propiedad del inmueble respetando lo pactado inicialmente en el contrato de opción a compra.
Luego que el Indepabis libere las hipotecas y determine el crédito otorgado al constructor por La Primogénita entidad de ahorro y préstamo absorbida por Mi Casa en la actualidad Banco de Venezuela.
Se hizo justicia para las 21 familias que se negaron aceptar ese nuevo contrato y defendieron su derecho constitucional a la propiedad de la vivienda, denunciando a esta empresa por atentar de manera irresponsable contra ellos y el bienestar de su familia.
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