.

.

lunes, 10 de mayo de 2010

En Gaceta aprobación de convenio de cooperación entre Venezuela y Ecuador en materia de drogas

Caracas. 10 May. ABN.- Fue publicado en la Gaceta Oficial número 39.419 de fecha viernes 7 de mayo de 2010 la aprobación del convenio de cooperación entre la República Bolivariana de Venezuela y la República del Ecuador en materia de prevención del consumo indebido, la represión del tráfico ilícito de drogas y el desarrollo alternativo preventivo.

El convenio resalta la importancia de los principios de responsabilidad compartida y enfoque equilibrado para enfrentar de manera integral la problemática de las drogas en procura del bienestar y la salud de los pueblos.

Ambas naciones se comprometen a fomentar y promover la cooperación en materia de prevención, tratamiento y rehabilitación del consumo indebido de drogas, así como la reinserción social del individuo rehabilitado; la prevención y represión del tráfico ilícito de drogas; y de desarrollo alternativo preventivo.

Todo lo anteriormente señalado sobre la base de los principios de igualdad, soberanía, respeto mutuo, responsabilidad compartida y reciprocidad, con sujeción a sus ordenamientos jurídicos internos, sus obligaciones internacionales y a lo previsto en dicho Convenio de Cooperación.

Los organismos competentes designados por la República de Ecuador son: el Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos, y el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep).

Por parte del Gobierno venezolano, los ministerios del Poder Popular para Relaciones Exteriores; para Relaciones Interiores y Justicia; Oficina Nacional Antidrogas (ONA) y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC); para la Defensa y el Ministerio Público.

Entre las áreas de cooperación en las que Venezuela y Ecuador desarrollarán esfuerzos conjuntos y ejecutarán proyectos específicos se encuentran: el fortalecimiento institucional, la reducción de la demanda, el control de la oferta, el desarrollo alternativo preventivo y las actividades por el impacto transfronterizo de las drogas.

Dicha cooperación comprenderá la prestación de asistencia técnico-científica, el intercambio de información y experiencias, la capacitación y formación de funcionarios encargados de la prevención, tratamiento, rehabilitación del drogodependiente y reinserción social del individuo rehabilitado; así como la prevención y represión del tráfico ilícito de drogas.

Además, la ejecución de planes, programas y proyectos en materia de prevención de drogas; el diseño de planes operativos de interdicción al tráfico ilícito de estupefacientes, sustancias psicotrópicas, precursores y sustancias químicas esenciales; la divulgación de estudios e investigaciones en la materia; entre otros.

Para el control, seguimiento y evaluación de las actividades del Convenio de Cooperación, Venezuela y Ecuador crearán un Grupo de Trabajo integrado por los organismos competentes de ambos estados y coordinada por los Ministerios de Relaciones Exteriores.

Las reuniones de la Comisión Mixta serán convocadas y coordinadas por los Ministerios de Relaciones Exteriores de ambos países y se celebrarán anualmente en forma alternada en Ecuador y Venezuela, sin perjuicio de que en caso necesario se puedan convocar por la vía diplomática reuniones extraordinarias.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario