La Superintendencia Nacional de Costos y Precios
fijó en todo el territorio los precios máximos de venta a productores,
distribuidores mayoristas, distribuidores minoristas y los precios
máximos de venta al consumidor final de diversos productos de primera
necesidad, que entrarán en vigencia este 1º de abril.
El listado de precios fue publicado mediante una providencia de la Gaceta Oficial número 39.894, de fecha jueves 29 de noviembre de 2012 y que circula este viernes, en la cual figuran los nuevos precios de los
jugos pasteurizados, compotas, agua mineral, enjuague de cabello; jabón
de baño en barra y líquido; champú para el cabello, crema dental,
suavizante y enjuague para la ropa; desodorante en barra, líquido, gel o
aerosol; pañales para bebés tallas P, M, G, XG, XXG.
Asimismo, toallas sanitarias; papel higiénico; máquinas de
afeitar desechables de dos, tres y cuatro hojillas; lavaplatos en
líquido, gel o en crema; detergente; cloro; cera para pisos; limpiadores
(desinfectantes) y jabón en panela.
De acuerdo con la normativa legal, el marcaje de precio
máximo de venta en los productos debe diferenciar el precio máximo de
venta al público, o un precio menor, así como la alícuota del Impuesto
al Valor Agregado (IVA), a través de la siguiente metodología “PMVP (o
un precio menor)+IVA= Total a pagar”, estableció la Gaceta.
También resalta que el precio máximo de venta al consumidor final
deberá estar impreso, rotulado, inscrito o marcado en forma indeleble y
en un lugar visible en el envase, empaque o envoltorio por el productor o
importador, para lo cual tendrá un plazo hasta el próximo 2 de mayo de
2012.
Los sujetos de aplicación que infrinjan la presente providencia
administrativa serán sancionados conforme a lo establecido en el decreto
con rango Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos.
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