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miércoles, 22 de mayo de 2013

Asamblea Nacional aprueba 33 artículos de la Ley para el Desarme

Entre los artículos aprobados están el número 22, que permite el porte de armas a personas naturales ante circunstancias de riesgos; el 26, que prohíbe la exhibición de armas de fuego en lugares públicos y el artículo 28, sobre los requisitos comunes para el otorgamiento de permisos a personas jurídicas.
La Asamblea Nacional (AN) aprobó este martes, en segunda discusión, 33 artículos del proyecto de Ley para el Control de Armas, Municiones y Desarme.
Entre los artículos aprobados están el número 22, que permite el porte de armas a personas naturales ante circunstancias de riesgos; el 26, que prohíbe la exhibición de armas de fuego en lugares públicos y el artículo 28, sobre los requisitos comunes para el otorgamiento de permisos a personas jurídicas.
Asimismo, se aprobaron los artículos 29, que trata sobre el permiso de tenencia de armas de fuego para la protección de bienes, y el 30, que versa sobre el permiso de tenencia de armas para el traslado y custodia de bienes y valores para las personas jurídicas.
En la sesión de este martes se difirieron los artículos 25, 38 y 57 que tratan sobre la protección de personas naturales, procedimiento para la renovación de permisos de posesión de armas de fuego y la notificación de extravío, hurto, robo o deterioro de armas de fuego o municiones.
En la sesión del pasado 2 de abril, se aprobaron los primeros 14 artículos del instrumento legal. Se espera proseguir el debate de la ley en la próxima sesión ordinaria, pautada para el 28 de mayo.
“Desde esta trinchera estamos aportando para que cada día haya menos armas en la población, y cumplir con el pedido que está haciendo nuestro pueblo: Trabajar por la paz y la seguridad ciudadana”, indicó el diputado William Fariñas al salir de la sesión de este martes, reseña el sitio web de la AN.
La Ley Desarme, compuesta por 126 artículos, restringe la venta de armas de fuego y municiones a ciudadanos particulares, entre otras medidas.
El anteproyecto de esta norma fue presentado por la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y Desarme, tras su elaboración mediante un proceso de consulta nacional, realizado entre esa instancia y el Poder Legislativo.




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