La Ley de Protección, Promoción y Apoyo a la Lactancia Materna, que se discutirá este martes 18 en plenaria de la Asamblea Nacional, contempla la prohibición del uso de teteros y biberones, aunque aclaró que no aplicará en casos excepcionales en los que la mamá, por algún tipo de enfermedad, no pueda amamantar.O sea con un permiso o "porte medico" se podra usar el instrumento
La diputada Odalis Monzón, integrante de la Comisión Permanente de Familia
del parlamento, precisó varios de los contenidos del instrumento, entre
los que también destaca que las fórmulas lácteas deberán ser
suministradas sólo en casos puntuales y se estipula igualmente la
creación de bancos de leche materna.
"Lo más
importante es el amor, la conexión de la madre con el hijo, que a veces
se pierde porque no le dan ese calor que implica amamantar al bebé",
manifestó.
La diputada Monzón mencionó que a partir del artículo 26 de la ley se establecen las sanciones y los tipos de prohibiciones, que no existían en las leyes anteriores.
Asimismo, precisó que los horarios de lactancia de las madres serán adaptados de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). "Las instituciones deben tener un espacio específico para que la mujer amamante a su criatura", indicó.
La parlamentaria socialista informó que luego de la primera discusión de la reforma de la Ley de Lactancia Materna, el martes de la próxima semana, de manera inmediata se llevará a cabo una consulta pública. "Sabemos que las madres y el pueblo estarán de acuerdo", expresó.
Que bueno que ahora nuestra patria tenga una ley que garantice a los niños y niñas la posibilidad del crecimiento normal, y que no exista un sustituto de este liquido imprescindible como es la leche materna. A veces que por figuración o físico, se les niega darle la teta a los hijos. Felicitaciones y así avanza la patria.
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