Este lunes salió publicado el régimen transitorio en el que se dispone un cánon de arrendamiento de 250 bolívares el metro cuadrado.
Conozca algunas e las consideraciones que establece el Decreto especial emitido por el presidente Nicolás Maduro sobre el arrendamiento a los locales comerciales.
* La medida es un "régimen transitorio", hasta tanto se dicte una ley definitiva a través de la Habilitante.
*El cánon de arredamiento que fijó el Ejecutivo es de Bs. 250 el metro cuadrado.
* El nueva cánon de arredamientos abarca a todos los locales comerciales incluidos los pequeños que operan en edificaciones como viviendas, galpones, así como cualquier clase de establecimiento.
*La medida se hace efectiva "automáticamente" una vez publicada la misma en la Gaceta Oficial
*El monto por condominio, luego del prorrateo de los gastos comunes, no podrá exceder del 25% del precio del cánon de arrendamiento mensual nuevo, es decir, de 250 bolívares por metro cuadrado.
*Quedan sin efectos las cláusulas contenidas en los contratos de arrendamiento y documentos de condominio destinados al comercio, la industria o a la producción que establezcan:
- Precios de alquileres fijados en moneda extranjera
* La medida es un "régimen transitorio", hasta tanto se dicte una ley definitiva a través de la Habilitante.
*El cánon de arredamiento que fijó el Ejecutivo es de Bs. 250 el metro cuadrado.
* El nueva cánon de arredamientos abarca a todos los locales comerciales incluidos los pequeños que operan en edificaciones como viviendas, galpones, así como cualquier clase de establecimiento.
*La medida se hace efectiva "automáticamente" una vez publicada la misma en la Gaceta Oficial
*El monto por condominio, luego del prorrateo de los gastos comunes, no podrá exceder del 25% del precio del cánon de arrendamiento mensual nuevo, es decir, de 250 bolívares por metro cuadrado.
*Quedan sin efectos las cláusulas contenidas en los contratos de arrendamiento y documentos de condominio destinados al comercio, la industria o a la producción que establezcan:
- Precios de alquileres fijados en moneda extranjera
- Valoración de activos o valor agregados intangibles, tales como relaciones, reputación, etc.
-Ajustes periódicos del cánon de arrendamiento durante la vigencia del presente contrato
-Pagos de cualquie tipo sobre la base de porcentajes por ventas brutas o netas de la actividad comercial realizada por el arrendatario
-Multas al arrendador por la no apertura del local comercial, por apertura fuera del horario o por el cierre anticipado
-La imposición por el arreglo de fachadas y vitrinas por incumplimiento
-Cualquier otras penalidades
*También quedan prohibido el arbitraje privado para resolver los conflictos surgidos entre las partes con motivo de la relación arrendataria
*Queda prohibido la administración de contratos de arrendamiento por parte de empresas extranjeras
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