Así lo establece la resolución conjunta N° 008 emitida por las
carteras de Economía, Finanzas y Banca Pública e Industrias, que circula
este viernes.
Los Ministerios del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca
Pública y del Poder Popular para Industrias autorizan la importación de
vehículos desensamblados bajo el régimen de Material de Ensamblaje
Importado para Vehículos (MEIV), destinados a la producción nacional.
Así lo establece la resolución conjunta N° 008 emitida por las
carteras de Economía, Finanzas y Banca Pública e Industrias, publicada
en la Gaceta Oficial N° 40.345 con fecha del 30 de enero, que circula
este viernes.
La resolución precisa que para obtener la autorización de importación
bajo el régimen referido, las empresas interesadas deben suscribir un
convenio de ensamblaje con el Ministerio del Poder Popular para
Industrias.
Posteriormente, especifica la norma, las empresas deben presentar la
solicitud de “Calificación de Material de Ensamblaje Importado para
Vehículos (MEIV)” ante ese organismo.
La solicitud mencionada indicará la marca, modelo, versión,cantidad,
peso bruto, peso neto, valor FOB del vehículo a producir o ensamblar,
cronograma de importación, país o países de origen, modalidad de
importación y aduanas de ingreso.
La resolución conjunta entrará en vigencia a los cinco días continuos a su publicación en la Gaceta Oficial,.
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