(Caracas, 13 de enero
de 2014) Ante la solicitud de enjuiciamiento presentada por el Ministerio
Público, fue condenado Avilio Acosta (66) a pagar 7.490 bolívares por causar daños con un constante
bote de agua potable a la vivienda de su vecina, ubicada en el sector El Lucero
en la
parroquia Jorge Hernández, municipio Cabimas del estado Zulia, situación
denunciada el 6 de diciembre de 2012.
Durante el juicio, el fiscal
municipal primero del estado Zulia, Daniel Alvarado, pidió el enjuiciamiento de Acosta por la comisión de la siguiente falta:
amenaza o peligro de construcción, prevista y sancionada en el artículo 518 del
Código Penal.
La audiencia se realizó ante el Tribunal
1º de Juicio del Zulia, extensión Cabimas, instancia que luego de analizar los
argumentos expuestos por el fiscal y escuchar a las partes, condenó al
contraventor a cancelar 70 unidades tributarias, equivalentes a 7.490 bolívares.
El citado día, los afectados denunciaron ante
funcionarios de la referida fiscalía municipal que Acosta mantenía un bote de
agua potable en el lugar desde hacía ocho meses, lo cual ocasionaba daños a su
vivienda.
El Ministerio Público inició la investigación
correspondiente, la cual determinó que Acosta había incurrido en una falta.
Es
importante señalar que la
Fiscalía Municipal Primera del estado Zulia fue inaugurada el
27de septiembre de 2012, y la misma está ubicada en el edificio 101 del Centro
Cívico de Cabimas.
Dicha fiscalía atiende las parroquias
Arístides Calvani, La Rosa,
Jorge Hernández, Carmen Herrera, Ambrosio, San Benito, Punta Gorda, Rómulo
Betancourt y Germán Ríos Linares.
Fuente: Ministerio Publico
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