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jueves, 3 de diciembre de 2015

¡No cometas delitos! Todo lo prohibido antes, durante y después de las elecciones

El próximo domingo se llevarán a cabo elecciones en Venezuela para elegir a los diputados y diputadas que legislarán en la Asamblea Nacional (AN). Con la finalidad de mantener el orden público y garantizar el derecho al voto a todos los ciudadanos, por ello el Consejo Nacional Electoral (CNE) realiza una serie de restricciones y prohibiciones.
Estas prohibiciones están contempladas en la Ley Orgánica de Procesos Electorales, y su incumplimiento acarrea sanciones que van desde multas hasta pena de cárcel. Estas son:
-Bebidas alcohólicas
Está prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas con 24 horas antes y después del día de las elecciones. En este caso, la Ley Seca inicia a las 6:00 de la tarde del viernes 4 de diciembre y finaliza a la misma hora del lunes 6 de diciembre.
-Celebraciones y manifestaciones públicas.
Quedan completamente prohibidas las reuniones y manifestaciones públicas, espectáculos públicos, concentraciones de personas, o cualquier otro acto similar que pueda afectar el normal desarrollo del proceso electoral desde el sábado 5 de diciembre a las 6:00 de la tarde, hasta el lunes 7 de diciembre a la misma hora.
El domingo 6 de diciembre no se permitirán aglomeraciones o reuniones en un perímetro de doscientos metros (200 mts.) alrededor de los centros de votación en todo el país, ni la instalación de estructuras de cualquier naturaleza para la realización de dichas concentraciones.
-Uso del teléfono celular o cámaras fotográficas al votar
Ninguna electora o elector podrá utilizar en el acto de votación cámaras fotográficas, teléfonos celulares o cualquier otro equipo electrónico audiovisual.
-Ir a votar con símbolos alusivos a la campaña
El día del proceso electoral, los ciudadanos no podrán acudir a sufragar con símbolos alusivos a la campaña. Esto incluye la vestimenta, que no puede ser alusiva a ningún partido político.
-Circulación de vehículos pesados y blindados
Desde el sábado 5 de diciembre a las 6:00 de la mañana, hasta las 6:00 de la tarde del lunes 7, quedará prohibida la circulación de vehículos con un peso igual o superior a los 3.500 kilogramos en todo el territorio nacional.
Están exentos de esta prohibición quienes transporten agua potable y los químicos necesarios para su potabilización, alimentos perecederos y no perecederos, medicinas de corta duración, materiales médicos, hielo seco, oxígeno, materiales de construcción para la Gran Misión Vivienda Venezuela, entre otros insumos.
También se prohíbe la circulación de camiones blindados de transportes de valores en todo el territorio nacional, para evitar algún tipo de acción delictiva.
-Venta de fuegos artificiales
La venta, distribución y comercialización, al mayor y detal, de fuegos artificiales o artificios pirotécnicos, comercializados en temporada decembrina, no estará permitida desde las 6:00 de la mañana del viernes 4 de diciembre de 2015 hasta las 6:00 de la tarde del lunes 7 de diciembre.
-Porte de armas
Ninguna persona podrá concurrir armada al acto de votación aun cuando estuviese autorizada para portar armas, salvo los efectivos del Plan República en cumplimiento del deber de velar por la seguridad de los electores o las electoras y de la Mesa Electoral y por el orden del acto de votación en general.
La suspensión de los permisos de porte y tenencia de armas de fuego y blancas en todo el territorio inicia a las 6:00 de la tarde del viernes 4 y finaliza a la misma hora del lunes 7 de diciembre.
Quedan excluidos de esta medida los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), los cuerpos policiales y otros órganos de seguridad del Estado. De la misma manera, quedan exentas las personas certificadas que la porten con fines deportivos, los funcionarios de empresas de traslado de valores, o empresas de seguridad diplomática y otros servicios a entes y organismos públicos, las personas que tengan porte con fines de cacería o resguardos de zonas agropecuarias.
Otros delitos electorales:
» Falsificar un documento electoral para facilitar el voto
» Destruir un equipo de votación
» Pretender fingir que no se haya ejercido el derecho al voto para volver a votar
» Negarse a desempeñar el cargo designado del Servicio Electoral Obligatorio
» Colocar propaganda política en instituciones escolares, públicas o de salud.
» Hacer proselitismo político en los centros de votación.
» Destruir el certificado de voto.
» Extraer las papeletas electorales de las cajas de resguardo.
» Intentar ejercer el derecho al voto con un documento de identificación falso.
» Ofrecer dinero a cualquier ciudadano para que vote por algún candidato en particular.
» Impedir u obstaculizar el conteo de votos.
» Perturbar el acto democrático.
» Retardar la entrega de documentos relacionados con una votación.
» Pretender alterar los resultados electorales.
» Ocultar, retener y poseer documentos de identidad ilícitos.
» Destruir información electoral publicada en los centros de votación
» Impedir u obstaculizar a los trabajadores designados por el organismo electoral, en el cumplimiento u obligaciones que les impone la ley.
» Impedir el voto a los electores con discapacidad.
Fuente: Primicias24



 
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