El próximo domingo se llevarán a cabo
elecciones en Venezuela para elegir a los diputados y diputadas que
legislarán en la Asamblea Nacional (AN). Con la finalidad de mantener el
orden público y garantizar el derecho al voto a todos los ciudadanos,
por ello el Consejo Nacional Electoral (CNE) realiza una serie de
restricciones y prohibiciones.
Estas prohibiciones están contempladas
en la Ley Orgánica de Procesos Electorales, y su incumplimiento acarrea
sanciones que van desde multas hasta pena de cárcel. Estas son:
-Bebidas alcohólicas
Está prohibida la venta y expendio de
bebidas alcohólicas con 24 horas antes y después del día de las
elecciones. En este caso, la Ley Seca inicia a las 6:00 de la tarde del
viernes 4 de diciembre y finaliza a la misma hora del lunes 6 de
diciembre.
-Celebraciones y manifestaciones públicas.
Quedan completamente prohibidas las
reuniones y manifestaciones públicas, espectáculos públicos,
concentraciones de personas, o cualquier otro acto similar que pueda
afectar el normal desarrollo del proceso electoral desde el sábado 5 de
diciembre a las 6:00 de la tarde, hasta el lunes 7 de diciembre a la
misma hora.
El domingo 6 de diciembre no se
permitirán aglomeraciones o reuniones en un perímetro de doscientos
metros (200 mts.) alrededor de los centros de votación en todo el país,
ni la instalación de estructuras de cualquier naturaleza para la
realización de dichas concentraciones.
-Uso del teléfono celular o cámaras fotográficas al votar
Ninguna electora o elector podrá
utilizar en el acto de votación cámaras fotográficas, teléfonos
celulares o cualquier otro equipo electrónico audiovisual.
-Ir a votar con símbolos alusivos a la campaña
El día del proceso electoral, los
ciudadanos no podrán acudir a sufragar con símbolos alusivos a la
campaña. Esto incluye la vestimenta, que no puede ser alusiva a ningún
partido político.
-Circulación de vehículos pesados y blindados
Desde el sábado 5 de diciembre a las
6:00 de la mañana, hasta las 6:00 de la tarde del lunes 7, quedará
prohibida la circulación de vehículos con un peso igual o superior a los
3.500 kilogramos en todo el territorio nacional.
Están exentos de esta prohibición
quienes transporten agua potable y los químicos necesarios para su
potabilización, alimentos perecederos y no perecederos, medicinas de
corta duración, materiales médicos, hielo seco, oxígeno, materiales de
construcción para la Gran Misión Vivienda Venezuela, entre otros
insumos.
También se prohíbe la circulación de
camiones blindados de transportes de valores en todo el territorio
nacional, para evitar algún tipo de acción delictiva.
-Venta de fuegos artificiales
La venta, distribución y
comercialización, al mayor y detal, de fuegos artificiales o artificios
pirotécnicos, comercializados en temporada decembrina, no estará
permitida desde las 6:00 de la mañana del viernes 4 de diciembre de 2015
hasta las 6:00 de la tarde del lunes 7 de diciembre.
-Porte de armas
Ninguna persona podrá concurrir armada
al acto de votación aun cuando estuviese autorizada para portar armas,
salvo los efectivos del Plan República en cumplimiento del deber de
velar por la seguridad de los electores o las electoras y de la Mesa
Electoral y por el orden del acto de votación en general.
La suspensión de los permisos de porte y
tenencia de armas de fuego y blancas en todo el territorio inicia a las
6:00 de la tarde del viernes 4 y finaliza a la misma hora del lunes 7
de diciembre.
Quedan excluidos de esta medida los
miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), los cuerpos
policiales y otros órganos de seguridad del Estado. De la misma manera,
quedan exentas las personas certificadas que la porten con fines
deportivos, los funcionarios de empresas de traslado de valores, o
empresas de seguridad diplomática y otros servicios a entes y organismos
públicos, las personas que tengan porte con fines de cacería o
resguardos de zonas agropecuarias.
Otros delitos electorales:
» Falsificar un documento electoral para facilitar el voto
» Destruir un equipo de votación
» Pretender fingir que no se haya ejercido el derecho al voto para volver a votar
» Negarse a desempeñar el cargo designado del Servicio Electoral Obligatorio
» Colocar propaganda política en instituciones escolares, públicas o de salud.
» Hacer proselitismo político en los centros de votación.
» Destruir el certificado de voto.
» Extraer las papeletas electorales de las cajas de resguardo.
» Intentar ejercer el derecho al voto con un documento de identificación falso.
» Ofrecer dinero a cualquier ciudadano para que vote por algún candidato en particular.
» Impedir u obstaculizar el conteo de votos.
» Perturbar el acto democrático.
» Retardar la entrega de documentos relacionados con una votación.
» Pretender alterar los resultados electorales.
» Ocultar, retener y poseer documentos de identidad ilícitos.
» Destruir información electoral publicada en los centros de votación
» Impedir u obstaculizar a los trabajadores designados por el organismo electoral, en el cumplimiento u obligaciones que les impone la ley.
» Impedir el voto a los electores con discapacidad.
» Falsificar un documento electoral para facilitar el voto
» Destruir un equipo de votación
» Pretender fingir que no se haya ejercido el derecho al voto para volver a votar
» Negarse a desempeñar el cargo designado del Servicio Electoral Obligatorio
» Colocar propaganda política en instituciones escolares, públicas o de salud.
» Hacer proselitismo político en los centros de votación.
» Destruir el certificado de voto.
» Extraer las papeletas electorales de las cajas de resguardo.
» Intentar ejercer el derecho al voto con un documento de identificación falso.
» Ofrecer dinero a cualquier ciudadano para que vote por algún candidato en particular.
» Impedir u obstaculizar el conteo de votos.
» Perturbar el acto democrático.
» Retardar la entrega de documentos relacionados con una votación.
» Pretender alterar los resultados electorales.
» Ocultar, retener y poseer documentos de identidad ilícitos.
» Destruir información electoral publicada en los centros de votación
» Impedir u obstaculizar a los trabajadores designados por el organismo electoral, en el cumplimiento u obligaciones que les impone la ley.
» Impedir el voto a los electores con discapacidad.
Fuente: Primicias24
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