Mediante una Providencia Administrativa 2.186 Con Rango Valor y Fuerza de Ley, el Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos Willian Contreras, en cumplimiento del artículo 01 de la Ley Orgánica de Precios Justos estableció la Norma Técnica N°303 en la cual se establecen los criterios para el cumplimiento de los precios acordados de los diversos productos de la cesta básica, así como de aseo del hogar e higiene personal, a fin de continuar brindando la mayor protección necesaria al pueblo venezolano, tal como lo ha solicitado el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro Moros.
Es por eso, que parte de la resolución expresa los precios máximo de venta de los 25 rubros priorizados que fueron ajustados, así como de los ocho productos de higiene personal y aseo del hogar, por lo que la Sundde ha determinado que los productos señalados deberán ser expendidos bajo los precios acordados sin distorsiones ni remarcaje, lo cual traerá severas consecuencias a quienes incurran en este ilícito.
De igual modo, el documento expresa que el incumplimiento de la presente norma será considerado elemento suficiente para imponer sanciones tipificadas en el instrumento legal que rige la Sundde, con el firme objetivo de resguardar los salarios de los trabajadores y trabajadoras de la patria, luego del sustancial aumento que hubiere decretado el Presidente Maduro.
Finalmente, es importante acotar que esta Providencia Administrativa busca salvaguardar y brindar estabilidad económica al pueblo venezolano, asi como advertir a los comerciantes a que no jueguen con los alimentos del pueblo, debido a que serían severamente sancionados si incurren en la falta de esta normativa, por lo que la Sundde estará alerta ante cualquier irregularidad, que se presente.
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