Las agencias financieras Banplus y Bancaribe anunciaron a su clientela y público en general la apertura de cuentas en dólares y euros, a fin de facilitar el movimiento de estas monedas extranjeras dentro del territorio nacional.
Los referidos bancos son pioneros en este tipo de servicio, tras el aval previo del Banco Central de Venezuela en la resolución número 13-03-01, en el caso de Banplus.
Para abrir la cuenta en Bancaribe, se requiere original y fotocopia de la cédula de identidad laminada, un recibo de cualquier servicio público y fotocopia legible de la declaración de ISLR.
También, dos referencias personales, bancarias o comerciales; original de constancia de trabajo con vigencia no mayor a 30 días y original de informe de atestiguamiento o revisión sobre ingresos con menos de tres meses de emitida.
En el caso de Banplus es más sencillo el trámite, porque solo se debe tener una cuenta con antigüedad mayor a seis meses y consignar copia del documento de identidad, copia del Registro de Información Fiscal, carta de trabajo o certificación de ingresos, en caso de ser persona natural.
Bancaribe:
- Original y fotocopia de la cédula de identidad laminada.
- Fotocopia legible de la declaración de ISLR, correspondiente al período fiscal inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la cuenta.
- Original y fotocopia de un recibo de cualquier servicio público y/o privado en el cual se evidencia la dirección de habitación. En caso de no poseer vivienda propia podrá presentar Registro Único de Información Fiscal (RIF), copia del contrato de arrendamiento o constancia de residencia emitida por la autoridad civil correspondiente.
- Dos referencias, que pueden ser personales, bancarias o comerciales. En caso de referencia personal debe incluir la fotocopia de la cédula de identidad de quien refiere y contener las siguientes características: nombres y apellidos completos, número de cédula de identidad, dirección completa de domicilio y un número telefónico local (obligatorio) y celular de contacto (opcional).
- Original de constancia de trabajo (cuando se declare dependencia laboral) con vigencia no mayor a 30 días.
- Original de informe de atestiguamiento o revisión sobre ingresos (solo para personas en libre ejercicio de su profesión) con menos de tres meses de emitida.
Banplus
- Tener una cuenta Banplus con antigüedad mayor a seis meses.
- Copia del documento de identidad de los firmantes de la cuenta.
- Copia del Registro de Información Fiscal.
- Carta de trabajo o certificación de ingresos (vigente), en caso de ser persona natural.
- Ser cliente natural o jurídico residenciado en el territorio nacional
No hay comentarios.:
Publicar un comentario