(Caracas,
1º de agosto de 2013) El Ministerio Público
logró privativa de libertad para Leocenis García, quien fue aprehendido el
pasado 30 de julio en urbanización El Cafetal, municipio Baruta del estado
Miranda, por presuntamente estar vinculado con legitimación de capitales.
Las fiscales 2º y 23º nacional, Narda Sanabria y Marvila
Araujo, respectivamente, imputaron a García por presuntamente incurrir en el
delito de legitimación de capitales, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia
Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
El Tribunal 30º de Control del Área Metropolitana de
Caracas (AMC), con base en los elementos de convicción expuestos por las fiscales,
dictó medida privativa de libertad contra García y fijó como sitio de reclusión
la Dirección General
de Contrainteligencia Militar (DGCM), ubicado en Boleíta, municipio Sucre del
estado Miranda.
Como
se recordará, efectivos del referido organismo de inteligencia militar aprehendieron a
García el pasado martes 30 de julio, en cumplimiento de una orden de
aprehensión solicitada por el Ministerio Público y acordada por el Tribunal 30º
de Control del AMC.
Es importante
destacar que, en días pasados, ante la solicitud realizada por el Ministerio
Público, fue acordada por el mencionado Tribunal la medida de congelamiento de
las cuentas bancarias del Grupo Sexto Poder y de García, quien no pudo
justificar los altos montos de dinero (moneda nacional y dólares) que maneja en sus cuentas en el país y en el
extranjero, los cuales no declaró al Servicio Nacional de Administración
Aduanera y Tributaria.
La solicitud
fue planteada de acuerdo con el artículo
204 del Código Orgánico Procesal Penal.
El referido artículo establece que: “En el curso de
la investigación de un hecho delictivo, el Ministerio Público, con autorización
del Juez o Jueza de Control, podrá imponer la incautación de documentos,
títulos, valores y cantidades de dinero, disponibles en cuentas bancarias o en
cajas de seguridad de los bancos o en poder de terceros, cuando existan
fundamentos razonables para deducir que ellos guardan relación con el hecho
delictivo investigado”.
Fuente: Ministerio Publico
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