El Juzgado de Sustanciación de la Sala
Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, declaró
procedente la medida de embargo solicitada por la representación de la
República Bolivariana de Venezuela, sobre bienes de la sociedad
mercantil Banco Provincial, S.A., Banco Universal, por lo que se decreta
el embargo de bienes muebles propiedad de la entidad bancaria por la
cantidad de Bs. 82.698.823,35.
En el presente caso los abogados Rosana
Arroyo, Alfonsina Niño, José Ángel Mogollón y Verónica Ramos, actuando
en representación de la República Bolivariana de Venezuela,
interpusieron una demanda por estimación e intimación de honorarios
profesionales contra Banco Provincial, S.A., Banco Universal, derivados
de la condenatoria en costas de la cual fue objeto la mencionada
sociedad mercantil por sentencia N° 01420, dictada por la Sala Político
Administrativa del TSJ, el 8 de octubre de 2009, además, solicitaron se
decretara medida de embargo sobre bienes propiedad del banco.
La referida decisión del 8 de octubre de
2009, dictada por la Sala Político Administrativa, también declaró sin
lugar la demanda presentada por la entidad bancaria contra la República
Bolivariana de Venezuela.
Luego de constatar el Juzgado de
Sustanciación de la Sala Político Administrativa que en el presente caso
se cumple con uno de los requisitos para decretar la medida cautelar,
fue acordada la medida de embargo preventivo sobre bienes muebles
propiedad del Banco Provincial, S.A., Banco Universal, hasta el doble
del monto intimado, a saber, Bs. 63.614.479,50, más el 30% de dicho
monto, lo cual representa Bs. 19.084.343, 85, por concepto de costas
procesales, lo que arroja total de Bs. 82.698.823,35.
Indica el Juzgado que en vista de la
importancia que ostenta la actividad desplegada por el sector bancario
nacional, que a su vez involucra un interés general y como dicha labor
constituye un servicio público declarado como tal, según el artículo 8
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la
Ley de Instituciones del Sector Bancario, se establece que “la medida de
embargo acordada no debe recaer sobre aquellos bienes muebles propiedad
de la sociedad mercantil Banco Provincial, S.A., Banco Universal, que
pudiera implicar una interrupción o paralización en la continuidad de la
prestación del servicio público que dicha institución financiera presta
a la colectividad”.
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me disculpan la ignorancia en materia de derecho pero no entiendo el por que del embargo
ResponderBorrarAmigo Giovanni Brito SI no hacess el efuerzo de LEER o aprender a LEER nunca vas a entender NADA!!!! Buen dia!
ResponderBorrarDisculpame! El caso fue por problemas laborales o problemas con un grupo de empleados o ex-empleados de dicha institucion Bancaria! Es por ello dicho embargo porque el demandado puede alegar que no tiene como pagar ese dinero en Efectivo y el tribunal termina quitandole un bien mueble o inmueble que tenga el valor monetario de la demanda y procede a quitarselo al demandado para entregarselo al Demandante que en este caso son su Empleados! Espero te sirva de algo mi humilde explicacion!
ResponderBorrarmaldito banco asqueroso.... no sirve.
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