La Corte Suprema de Argentina reconoció el derecho a todo paciente a
decidir su muerte digna, en un fallo dictado este martes en favor del
caso de un hombre que lleva más de 20 años en estado vegetativo, aunque
aclaró que no se trata de “eutanasia”.
La Corte Suprema consideró que los familiares pueden “dar testimonio
de la voluntad del paciente respecto de los tratamientos médicos que
éste quiere o no recibir” cuando se encuentre imposibilitado por sí
mismo, precisó el fallo.
La decisión pide que se suspendan las medidas que prolongan
artificialmente la vida del hombre, postrado desde 1995 por un accidente
automovilístico en la provincia de Neuquén (sur del país).
Según el fallo existe “un conflicto entre derechos constitucionales, a
saber, el derecho a la vida y el derecho a la autonomía personal”.
Por ende la Corte entendió que una persona “puede en determinadas
circunstancias adoptar decisiones que tengan como fin previsible la
culminación de su vida, en tanto se trata de cuestiones que se
encuentran dentro de la zona de reserva que asegura el derecho a la
autonomía personal”.
En este sentido el alto tribunal remarcó que “el individuo es dueño
de hacer elecciones sobre su propia vida sin intromisión del Estado en
tanto no afecten la moral, el orden público ni a terceros”.
Según justificó, estas “decisiones libres hacen a la dignidad de la persona y al pleno ejercicio de la libertad”.
El fallo se basa en una interpretación de la Ley de Derechos del
Paciente, aprobada en Argentina en mayo de 2012, que autoriza a las
personas a disponer mediante poderes legales órdenes anticipadas sobre
su salud en casos irreversibles.
Marcelo Diez sufrió un accidente de tránsito cuando tenía 30 años y
permanece postrado en un hospital privado de la provincia de Neuquén,
sin poder comunicarse o responder a estímulo alguno y conectado a un
dispositivo para poder alimentarse.
Según sus familiares Marcelo había manifestado su deseo de que su
vida no fuera prolongada artificialmente de encontrarse ante una
situación terminal.
“El no pudo emitir una voluntad porque lo encontró un accidente de
tránsito, en este caso el consentimiento lo dan los familiares más
cercanos que pudieron conocer su voluntad”, dijo Lucas Pica, el abogado
de la familia, que expresó su satisfacción con el fallo pero aclaró que
“es una historia triste de principio a fin”.
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