Estas son las 11 Medidas establecidas en
el Decreto de Emergencia Económica, promulgado por el Gobierno
Bolivariano este viernes, el cual tendrá una duración de 60 días a
partir de su publicación en Gaceta Oficial:
1. Disponer de los recursos provenientes
de la economía presupuestaria del ejercicio económico financiero 2015
con la finalidad de garantizar la inversión que asegure la continuidad
de las misiones sociales, inversión en infraestructura productiva,
agrícola e industrial y el abastecimiento oportuno de alimentos y
productos esenciales para la vida.
2. Asignar recursos extraordinarios a
proyectos previstos o no en la Ley de presupuestos a los órganos y entes
de la administración pública para optimizar la atención de los
venezolanos en los sectores de salud, educación, alimento y vivienda.
3. Diseñar e implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión y la alusión fiscal.
4. Dispensar de las modalidades y
requisitos propios del régimen de contrataciones públicas a los órganos y
entes contratantes en determinados sectores a fin de agilizar las
compras del Estado que revistan carácter de urgencia dentro del plazo de
vigencia de este decreto.
5. Disponer de los trámites, procedimientos y requisitos para la exportación y nacionalización de mercancía.
6. Implementar medidas especiales para agilizar el tránsito de mercancía por puertos y aeropuertos del país.
7. Dispensar de los trámites cambiarios
establecidos por Cencoex y por el Banco Central de Venezuela a órganos y
entes del sector público y privado a fin de agilizar y garantizar la
importación de bienes o insumos indispensables para el abastecimiento
nacional.
8. Requerir a empresas del sector
público y privado incrementar sus niveles de producción, así como el
abastecimiento de determinados insumos a los centros de producción de
alimentos y de bienes esencial para garantizar las satisfacciones de las
necesidades básicas de los venezolanos.
9. Adoptar todas las medidas necesarias
para garantizar el acceso oportuno de la población a alimentos,
medicinas y demás bienes de primera necesidad.
10. Adoptar las medidas necesarias para
estimular la inversión extranjera en beneficio del desarrollo del
aparato productivo nacional, así como las exportaciones de rubros no
tradicionales como mecanismo para la generación de nuevas fuentes de
empleo, divisas e ingresos.
11. Desarrollar, fortalecer y proteger
el sistema de grandes misiones y misiones socialistas en aras de
propender a la incorporación de pequeños y medianos productores, ya sean
comunales, privados, estatales o mixtos.
Al leer el Decreto, el ministro para la
Economía, Luis Salas, dijo: "queremos transmitir la tranquilidad al
pueblo, no son contra el pueblo. Hacemos un llamado de optimismo y
esperanza, es un equipo coordinador con todos los entes, estamos dando
un paso histórico", precisó.
Además, afirmó que las medidas
dispuestas según lo expresado, reflejan una salida a la "coyuntura
extraordinaria" que vive actualmente el país.
El decreto será enviado como dicta la
Constitución a la Asamblea Nacional (AN) y a la Sala Electoral del
Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para su aprobación.
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