El decreto presidencial publicado en Gaceta aclara que la medida también incluye al sector privado.
La orden presidencial de decretar como feriados los días 21, 22 y 23 de marzo para el sector público y también para el sector privado fue oficializada en la Gaceta N° 40.868 que circula este martes.
El decreto N° 2.276, que fue firmado por Nicolás Maduro
el pasado domingo como medida para ahorrar en los días de asueto de
Semana Santa los recursos de energía eléctrica y servicio de agua, se
aplicaría en un inicio al sector público; sin embargo en el texto
oficial se incluye a las empresas privadas.
Se
excluirán de la aplicación de esta medida los sectores de actividades
que no pueden interrumpirse de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Trabajo.
La norma incluye de esta excepción a los trabajadores cuya actividad se vincule con el transporte de agua potable y los químicos necesarios
para su potabilización (sulfato de aluminio líquido o sólido),
policloruro de aluminio, hipoclorito de calcio o sodio gas (hasta
cilindros de 2.000 lb o bombonas de 150 lb), traslado y custodia de
valores, alimentos perecederos y no perecederos, medicinas de corta
duración e insumos médicos, dióxido de carbono (hielo seco) y oxígeno
(gases o líquidos necesarios para el funcionamiento de centros médicos
asistenciales).
Igualmente, a quienes transporten materiales de construcción destinados a la Gran Misión Vivienda Venezuela, desechos de origen domiciliario, fertilizantes químicos y periódicos, encomiendas para usos agrícolas de la Gran Misión Agro Venezuela, gas de uso doméstico y combustibles destinados al aprovisionamiento de estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos, productos asociados a la actividad petrolera, así como materiales y equipos eléctricos.
Asimismo, se establece que el Seniat y la Sudeban
tendrán libertad para establecer, mediante providencia, normas
especiales de implementación del asueto al que se refiere este decreto.
Viceministerios serán los encargado de ejecutar y velar por el cumplimiento de la norma presidencial establecida.
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