La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos
Socioeconómicos (Sundde) inició un procedimiento administrativo sancionatorio y
dictó medida preventiva en contra del comercio Hiperlíder, ubicado en el
municipio San Diego del estado Carabobo, por acaparamiento y condicionamiento
de rubros de la cesta básica.
A través de la Dirección Nacional de Servicios y Medidas
Preventivas de la Sundde fue aplicado el procedimiento luego que recibieran
denuncias del pueblo y se detectara el acaparamiento de siete mil kilogramos de
azúcar almacenados en el comercio desde 2018.
Las autoridades hallaron
también condicionamiento en venta de rubros priorizados como pasta,
harina de maíz, harina de trigo, aceite y tomate pelado, los cuales eran
vendido a través de combos.
Por consiguiente, se aplicó como medida
preventiva la venta inmediata del azúcar acaparada, quedando esta al precio
troquelado en el empaque de 32 bolívares, la cual deberá ser exhibida y
expendida.
Del mismo modo, se ordenó el no condicionamiento
de los rubros. Es de resaltar que, los delitos cometidos por este comercio
están tipificados en la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) en sus artículos
52 y 56.
El comercio Hiperlíder es reincidente, ya
que en el mes de septiembre de 2018, se le aplicó una sanción de 70 mil
Unidades Tributarias (UT), por incurrir en los delitos de especulación,
reventa, comercialización de productos de la cesta básica con condicionamiento
e incumplimiento de las formalidades previstas en la Ley Orgánica de Precios
Justos.
La Sundde sostiene que “dando cumplimiento
al deber de orientación impuesto a la Administración Pública hace el
conocimiento al sujeto de aplicación antes identificado, que la medida
preventiva aquí adoptada será transmitida y sustanciada de conformidad con el
artículo 71 y 72 de la (LOPJ)”.
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