Al momento de inscribir el nacimiento de un hijo, los progenitores podrán acordar el orden.
El Senado chileno aprobó el miércoles el proyecto que permite que el apellido materno anteceda al paterno, si los progenitores lo acuerdan al registrar el nacimiento de su hijo.
La propuesta fue admitida con 28 votos a favor, uno en contra y ninguna abstención. Ahora le corresponde volver a la Comisión de la Mujer y Equidad de Género, donde ya estuvo hace tres años, para su revisión y aprobación final.
Esta decisión se ha demorado años. El proyecto llegó al Senado el 16 de abril de 2008 y en octubre de 2018 fue enviado por primera vez a la Comisión de la Mujer.
La iniciativa ha sido impulsada desde 2005 por un grupo de senadores, entre ellos Iván Moreira, quien dijo que la propuesta "entrega libertad y dignidad a las personas" porque permite escoger el apellido de un hijo con un padre ausente, "reconocer la labor de la madre" y hacer el proceso "más fácil y sin un trámite judicial".
Del mismo modo, las personas adultas podrán modificar administrativamente el orden de sus apellidos, establecer uno compuesto o quedarse con solo uno.
Actualmente, en Chile los recién nacidos deben ser inscritos ante el Registro Civil con dos apellidos: el paterno y el materno. Sin embargo, si el bebé no era reconocido por el progenitor, la madre estaba facultada para escoger cuál podía ir de primero.
Del mismo modo, ya era posible modificar el nombre o apellido por determinadas razones establecidas en la Ley N° 17.344, que permitía hacerlo en casos muy específicos, y con el acompañamiento de un abogado o de la Corporación de Asistencia Judicial.
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