El Gobierno Nacional emitió en Gaceta Oficial N° 6.623 el Decreto N° 4.604, mediante el cual se establecen las Exoneraciones de Impuestos de Importación, Impuesto al Valor Agregado y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero a las mercancías y sectores que en él se señalan.
En este sentido y atendiendo a la misiva el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) dará cumplimiento cabal a la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.623, de fecha 1° de mayo de 2021, que estará en vigencia hasta el próximo 31 de mayo de 2021, período durante el cual se podrá realizar cualquier importación de materias primas o productos terminados libres del pago de impuestos.
Asimismo, el Seniat recuerda que el decreto indica que no solo se exonera de impuesto a Importaciones del Régimen Aduanero, también “cualquier otro impuesto o tasa aplicable de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, incluido el Impuesto al Valor Agregado aplicable a las ventas realizadas en el territorio nacional, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional”.
También, como las realizadas con recursos propios, por las Personas Naturales o Jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en el Apéndice I que forma parte integrante de este Decreto.
De acuerdo con información publicada por el Ministerio del Poder Popular para Economía, Finanzas y Comercio Nacional, esta disposición tiene el objetivo de garantizar la continuidad del beneficio que incluye, en su mayoría, a productos terminados y a materias primas necesarias para las industrias de alimentos, química y algunas otras áreas de manufactura.
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