En su artículo 49 indica que se podrá permitir el tránsito de las bicicletas en las zonas de uso especial. En este sentido, en el literal F se precisa que solo podrá ser en las vías de comunicaciones que comprenden las carreteras principales y secundarias, y dos metros de margen a ambos lados.
A ello se le agrega en el numeral 4 que el ingreso y circulación de bicicletas podrá ser permitido en las rutas internas del poblado de Galipán y de Hoyo de La Cumbre, así como también en los sectores La Siria, Las Planadas, Puerta Caracas y el Camino de Los Españoles.
Los horarios permitidos para la circulación solo serán en las franjas horarias matutinas de 06:00 hasta las 09:00 de la mañana, y en la vespertina desde las 03:00 hasta las 6:00 de la tarde, lo que estará condicionado a la capacidad de cada uno de los espacios permitidos.
No obstante, dentro del parque Nacional se mantiene la prohibición del uso de vehículos de tracción a sangre en las zonas de amortiguación, en las disposiciones finales estas se establecen como aquellas áreas periféricas donde a través de la regulación de usos y actividades se logre atenuar posibles impactos negativos, riesgos o daños ambientales al parque nacional. El objetivo general de manejo es minimizar impactos sobre su ambiente natural.
En el artículo 52 del anteproyecto se específica el uso y actividades prohibidas. El numeral 32 precisa que “la práctica de deportes con bicicletas fuera de las rutas y horarios ya definidos y restringidos para dicha actividad”.
Es decir que en las rutas dentro del Waraira Repano como lo son los sectores Cortafuegos, Sabas Nieves, El Cuño, Matamoros, Humboldt y Chacaito, se mantiene la prohibición del popular vehículo a dos ruedas, como lo establece el ordenamiento vigente de 1993, el cual prohibía su uso en las zonas de protección integral y primitiva.
En las zonas de amortiguación tampoco se permite “la práctica de deportes colectivos (tipo futbol, beisbol); las competencias deportivas con gran concurrencia de público y participantes (más de 300 personas), así como la recreación masiva que excedan la capacidad de carga que establezca Inparques”, entre otras acciones que afectan el bienestar del parque capitalino.
Protección y conservación. El documento contempla un conjunto de medidas para la protección, conservación o daños a los recursos naturales, al patrimonio y los valores históricos culturales.
Es así como la nueva norma establece nuevos programas para el beneficio del reservorio natural, como lo es programa de Vigilancia y Control Ambiental que si bien ya está contemplado plan anterior, este amplía su rango de acción con la vinculación de diferentes instituciones del estado como la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Protección Civil, cuerpos policiales, voluntariado y comunidades locales.
De igual manera, se crea el programa de Saneamiento Territorial, para desarrollar y ejecutar las actividades relacionadas con catastro de tierras, censos de las comunidades y avalúos de bienhechurías, entre otras acciones.
Finalmente se suma el programa de Protección Contra Incendios Forestales, Búsqueda, Rescate, Salvamento, Seguridad y Atención de Contingencias por Eventos Naturales, para diseñar e implementar un conjunto de acciones para la atención oportuna ante eventos adversos bien sea naturales o antrópicos.
Entre sus principales acciones se contempla el mantenimiento de la infraestructura para la prevención y combate de incendios forestales, así como el combate de los mismos y la evaluación de los daños ocasionados.
Recreación. Para la visita al del Parque Nacional Waraira Repano el horario de acceso y permanencia en las áreas de servicios, recreación y senderos será de 6:00 am. a 6:00 pm. Se exceptúa de esta condición a los usuarios que pernocten en las áreas del parque permitidas para tal fin.
Los que deseen pernotar en el espacio deberán solicitar un permiso para recreación y excursionismo este será otorgado por la Coordinación del Parque Nacional de Inparques, para poder así llevar el registro de visitantes con la información necesaria para garantizar la vigilancia y control en beneficio de la seguridad tanto del visitante como del Parque.
Los visitantes deberán reportar la salida de las instalaciones a los funcionarios de Inparques.
Asimismo, deben mantenerse dentro de los senderos establecidos, así como respetar la señalización y las instrucciones allí contenidas.
Además, tienen que coadyuvar al mantenimiento y conservación de las instalaciones y retirar del Parque todos los residuos y desechos sólidos que resulten de sus actividades.
Está prohibido causar molestias a la fauna silvestre, daños o afectaciones a la flora, hacer fogatas, ni maltratar, pintar o marcar los elementos naturales e históricos y culturales.
Normas. Ambos documentos el de 1993 y la nueva propuesta, contemplan las regulaciones para la práctica de excursionismo, acampada y montañismo. Se mantiene la norma que todos los menores de edad deben presentar autorización del representante, para ejercer estas actividades y estar acompañado por un mayor de edad.
El número de personas máximo y mínimo por grupo será determinado en la autorización dependiendo del sitio a visitar, en cuanto a las actividades de escalada se permitirá un máximo de dos personas por cordada, deben tener casco y cuerdas.
Para las actividades de vuelo libre (icaro, parapente y similares) los lugares específicos de despegue serán determinados por la Coordinación del Parque única y exclusivamente estarán ubicados en la Vertiente Norte. No se permiten vuelos rasantes sobre las áreas de acampada, ni de poblados autóctonos, refiere el texto.
Consulta pública
El presidente del Instituto Nacional de Parques (Inparques) y ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo, Josué Lorca, informó a través de un comunicado que se realizará la consulta pública del anteproyecto del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Parque Nacional Waraira Repano.
La encuesta estará habilitada desde el próximo 16 de junio, por 12 días hábiles, y podrán participar las comunidades organizadas, entes públicos o privados, ONG, investigadores y ciudadanía en general. Las observaciones y aportes a la reglamento se deben realizar a través del portal web inparques.gob.ve o llevarse de forma física en la coordinación del parque Waraira Repano, ubicada en el área recreativa Los Venados, así como también en la Dirección General Sectorial de Parques Nacionales situada en la sede principal de Inparques, en la torre sur del Museo de Transporte, distribuidor Santa Cecilia, en Caracas.
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