Pena máxima, es decir, 30 años de prisión deberá pagar Washington Ariesyair Domenech Ponce, acusado de cometer abuso sexual continuo contra su hijastra.
Tal decisión está reflejada en el expediente C22-82 de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
Las investigaciones se iniciaron a raíz de la denuncia formulada por la víctima de 12 años de edad y su representante ante el Centro de Coordinación Policial Irribarren, ubicado en Barquisimeto, Lara, el día 8 de julio de 2014.
Parte de la denuncia fue expuesta así: “Yair esperó que todos se durmieran, fue a mi cuarto y se metió, me tapo la boca y me sacó al baño. Cuando estábamos en el baño Yair se quitó la ropa y me quitó la mía; él me estaba agarrando…y me preguntaba que si me gustaba yo no le respondía nada…eso me ardía mucho; el me agarraba duro los brazos y me decía que no gritara, también me decía que no le dijera nada a mi mamá porque a ella le iba a pegar mucho si se enteraba de eso, después del día de mi cumpleaños lo hacía un día sí, un día no, siempre lo hacía…´. …”. (Sic).
La captura del sujeto se produjo a las pocas horas de haberse recibido la denuncia. Luego, el 9 de septiembre de 2015, el Tribunal 1° de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de Lara, dio apertura al juicio oral y privado contra Washington Ariesyair Domenech Ponce el cual concluyó en fecha 13 de diciembre de 2016 cuando se le impuso la condena de pena máxima.
Publican sentencia
Al año siguiente, específicamente el 4 de agosto de 2017, el Tribunal 1° de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Lara, publicó el texto íntegro de la sentencia, mediante la cual condenó a cumplir la pena de 30 años de prisión, “por ser autor y responsable en la comisión del delito de violencia sexual agravada en grado de continuidad”.
Dicha condena fue apelada por las abogadas Eileen Morón, Anice Flores y Yubrimar Rivas, defensoras privadas del acusado.
En Julio de 2021, la Corte de Apelaciones de Lara declaró sin lugar el recurso y confirmó la condena de 30 años de prisión que el acusado ya venía cumpliendo en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental “Sargento David Viloria”, situado en Barquisimeto, Lara.
Ante ese fracaso, las defensoras privadas de Washington Ariesyair plantearon otro recurso, técnicamente llamado de Casación, en la Sala Penal del TSJ. Allí dijeron que la Corte de Apelaciones de Lara no había analizado ni resuelto las denuncias formuladas.
Los magistrados de la Sala Penal estudiaron el planteamiento y concluyeron que las abogadas defensoras del acusado “no presentaron de manera clara y precisa, cuál es el punto o los puntos sometidos a estudio, análisis y consideración”.
La Sala advirtió que “no puede denunciarse en casación penal el vicio de inmotivación en forma genérica y ambigua, así como tampoco vicios presuntamente cometidos por los juzgados de primera instancia”.
Basados en tales argumentos, la Sala Penal declaró “manifiestamente infundado” el recurso presentado por Washington Ariesyair cuya sentencia de pena máxima quedó confirmada por el máximo tribunal del país.
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