La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) informó a través de su cuenta de Twitter que de acuerdo a los lineamientos emanados por el Ejecutivo nacional, "en aras de fortalecer la economía digital y dinamizar el Sistema Bancario Nacional", flexibilizó los requisitos para la apertura de cuentas bancarias.
Explicó que existen dos niveles de personas naturales para la apertura de cuentas y mencionó los requisitos necesarios para las mismas.
Cuenta de ahorro y corriente en personas naturales nivel 1
De acuerdo al ente regulador: Este tipo de cuentas serán utilizadas por personas naturales, que podrán movilizar hasta la cantidad de mil de bolívares (1.000 Bs.) mensuales.
En cuanto a los requisitos, es necesario presentar: Cédula de identidad laminada y vigente, dirección del titular y en caso de ser extranjero su el pasaporte.
Cuenta de ahorro y corriente en personas naturales nivel 2
En este sentido, la Superintendencia de Bancos indicó que para este nivel, los requisitos a recabar, además de los antes mencionados, son: La copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) vigente, certificación de ingreso (atestiguamiento) en caso de ser una persona con libre actividad económica, constancia de trabajo, cuando se trate de personas con baja dependencia laboral.
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