El gobernador del estado Yaracuy, Julio León Heredia, decretó una
prohibición de pernoctar en las afueras de locales comerciales. Esto lo
informó el día de ayer a través de su cuenta @Julioleonyara.
León Heredia indicó que "esta medida obedece a que la mayoría son personas que alteran el orden público, compran y luego revenden a precios especulativos", e informó que el horario de permanencia en las afueras de locales comerciales se estableció a partir de las 7:00 am.
"Esta medida obedece a que la mayoría son personas que alteran el orden público, compran y luego revenden a precios especulativos (...) No caigamos en la trampa de los que envían mensajes e imágenes falsas para sembrar angustia y quitarnos La Paz incitando a la violencia", publicó en otros dos mensajes.
Este decreto podría oponerse al Artículo 50 de la Constitución nacional, que indica: "Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas".
León Heredia indicó que "esta medida obedece a que la mayoría son personas que alteran el orden público, compran y luego revenden a precios especulativos", e informó que el horario de permanencia en las afueras de locales comerciales se estableció a partir de las 7:00 am.
"Esta medida obedece a que la mayoría son personas que alteran el orden público, compran y luego revenden a precios especulativos (...) No caigamos en la trampa de los que envían mensajes e imágenes falsas para sembrar angustia y quitarnos La Paz incitando a la violencia", publicó en otros dos mensajes.
Este decreto podría oponerse al Artículo 50 de la Constitución nacional, que indica: "Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas".
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