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martes, 18 de julio de 2023

¿Qué pasó con los rustiqueros que causaron daños en el Waraira Repano? (+Fotos)

 

Un grupo de rustiqueros dañaron parte del ecosistema que se encuentra en el Camino de Los Españoles, en la ruta entre Castillo Negro y Quenepe, vertiente norte del Parque Nacional Waraira Repano, el pasado 2 de julio. Esta actividad clandestina está prohibida en el plan de ordenamiento del parque.

Las autoridades del Waraira detectaron la infracción y procedieron a conformar un equipo multidisciplinario encabezado por el coordinador del llamado pulmón vegetal de Caracas, Ramón Campos, e integrado por funcionarios del Cuerpo Civil de Guardaparques y la Guardia Nacional Bolivariana, quienes realizaron una inspección técnica en la zona para evaluar el impacto causado al ambiente.

En paralelo, las autoridades del Waraira Repano y del Instituto Nacional de Parques se encargaron de ubicar y contactar al organizador de la actividad para convocarlo a una citación el pasado 13 de julio, con el fin de tomar las medidas administrativas correspondientes.

En la reunión se precisó que la realización de la actividad de rustiqueo violó lo establecido en el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del parque, según los resultados de la inspección técnica, los cuales arrojaron una serie de daños al Waraira Repano, informó el parque en su instagram.

Detallaron que se dio inicio al procedimiento administrativo sancionatorio, alegando que se incumplió lo establecido en los artículos 27, numeral 7 y 29 del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Parque Nacional Waraira Repano (Poru), así como los artículos 1 y 2 de la Resolución N° 0000012 de fecha 04/03/2011, donde se establece la prohibición de rustiqueo en los parques nacionales y monumentos naturales.

Marco legal

Las actividades de rustiqueo causan graves daños a los suelos, además de que sus consecuencias son irreversibles en el ambiente, debido a que la capa vegetal puede tardar hasta unos 200 años en recuperarse. Los especialistas y ambientalistas han alertado que las motocicletas y bicicletas pueden causar en las zonas la disminución de su apreciación natural y la alteración del ecosistema, es por ello que es una de las actividades prohibidas en el artículo 27 del Poru.

En este punto, se establece que dentro del parque nacional solo se podrán desarrollar los usos y ejecutar las actividades conforme con la zonificación establecida. Precisa que en cuanto a las zonas de interés histórico, cultural y paleontológico referidas en el numeral 7, como lo son el Camino de Los Españoles, la ruta entre Castillo Negro y Quenepe, se establece la prohibición de “la circulación de vehículos de motor sobre el empedrado del Camino de Los Españoles”, cita el punto 7.2, siendo este una prohibición recurrente en el resto de las zonas establecidas para garantizar la protección y conservación de los recursos naturales y el equilibrio ecológico.

Otro de los documentos legales que prohíbe esta actividad en el territorio nacional es la Gaceta Oficial 39.629 del 4 de marzo de 2011, donde se publicó la resolución N° 0000012 del Ministerio de Ecosocialismo, la cual dicta en una de las consideraciones que la utilización de los parques y espacios naturales son afectados en su medio natural por las actividades comúnmente conocidas como el rustiqueo.

En este sentido, en su primer artículo puntualiza la prohibición de la actividad de rustiqueo en los parques nacionales y monumentos naturales del país.

Seguidamente, en su artículo 2 prohíbe la apertura de nuevos caminos (trochas) y la circulación de vehículos en vías y caminos que no estén previamente autorizados por el Instituto Nacional de Parques.

Sanciones a rustiqueros

La resolución 0000012 contempla que las sanciones por la violación de las normas establecidas se enmarcan en lo dispuesto en la Ley Orgánica del Ambiente, la cual contempla en su Título IX capítulo I que las multas serán hasta de 10.000 unidades tributarias según sea el caso.

En cuanto a las sanciones impuestas a los particulares, previstas en las leyes ambientales, serán aplicadas sin perjuicio de las acciones civiles o penales que hubiere lugar, ni de las acciones consagradas en otras leyes, reseña el artículo 110. Asimismo, el organismo competente podrá decidir el procedimiento correspondiente acerca de las infracciones previstas en la ley y leyes espaciales.

El Poru decreta que el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, 24, 25 y 26 de la Ley Orgánica del Ambiente y el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente sin perjuicio de las demás disposiciones que sean aplicables.

Antecedentes

Parque La Culata. El Ministerio Público imputó el pasado de 6 de junio de 2022 a tres ciudadanos por daño ambiental causado en el sector Collado del Cóndor y Páramo Las Cruces, área las antenas vía Piñango del Parque Nacional Sierra de La Culata. La medida se debió a la práctica del rustiqueo con el empleo de cinco vehículos particulares de doble tracción, ante la presencia de gran cantidad de personas. Como resultado de la actividad irregular, la comisión de Inparques evidenció en el área una gran cantidad de lodo y múltiples ejemplares de frailejón dañados.

Canaima. En el año 2013 el Ministerio Público realizó un llamado a los ciudadanos del estado Bolívar para el cese de la práctica de actividades de rustiqueo con la finalidad de evitar la degradación del ambiente. La Guardia Nacional Bolivariana supervisa Ciudad Bolívar y en Santa Elena de Uairén para garantizar el cumplimiento de la medida.

Fuente: LaIguana.TV / UN


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1 comentario:

  1. Y porq no sancionan a Las personas q estan haciendo Casas en El pulmon del avila,en manicomio las Casas ya llegan Arriba ya Esa parte del avila se perdio que tristeza cuando veo ese ecosidio.

    ResponderBorrar