(Caracas, 24 de enero) – En la Gaceta Oficial publicada ese viernes se establece que el usuario debe estar inscrito en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (Rusad)
a través del portal de Cadivi para los requisitos y el trámite para la
autorización de adquisición de divisas destinadas a operaciones de
remesas a familiares residenciados en el extranjero.
Asimismo, se deben registrar a los beneficiarios en Cadivi para realizar la solicitud principal a que se refiere la providencia.
El formato generado a través del portal electrónico de Cadivi debe
ser consignado y completado, por el cual se faculta al Operador
Cambiario Autorizado a que se realice la transferencias de las divisas
autorizadas a sus beneficiarios. El usuario debe firmar una carta y
estampar sus huellas para poder realizar el trámite.
El usuario deberá presentar una constancia de trabajo o constancia de jubilado o pensionado
que señale el sueldo o salario percibido, cargo desempeñado y tiempo en
el mismo, así como los datos del empleados o institución que otorgue la
carta.
Si el usuario trabaja de forma independiente deberá consignar una certificación de ingresos.
De igual forma, aquellos quienes obtengan la autorización deberá
realizar la declaración jurada de cierre de solicitud a través del
portal de Cadivi, si se incumple con esta obligación no se podrán
tramitar nuevas solicitudes.
Se podrán remesar mensualmente la cantidad máxima de 500 dólares de los Estados Unidos, que podrá ser distribuida mensualmente entre un número no mayor de tres beneficiarios, por un monto que no exceda de 166,66 $.
La solicitud no podrá ser acumulativa y el tipo de
cambio será establecido según la última asignación de divisas realizada
por el Sicad para el momento de la Autorización de la Liquidación de
Divisas.
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