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miércoles, 11 de noviembre de 2015

Así quedaron sanciones en la Ley de Precios Justos (+cuadro)

En gaceta Extraordinaria número 6.202, se dispuso incremento en algunas de las sanciones cuantificable en Unidades Tributarias o por sanciones condenatorias a prisión.


Este martes, se hizo público en Gaceta Oficial Número 40.784, y por decreto presidencial No. 2.092 las modificaciones a la Ley Orgánica de Precios Justos. 
En gaceta Extraordinaria número 6.202, se dispuso incremento en algunas de las sanciones cuantificable en Unidades Tributarias o por sanciones condenatorias a prisión. 

Respecto a la fijación de precios, la ley establece que el margen máximo de ganancia no podrá ser superior al 30% de acuerdo a la estructura de costos del bien producido o servicio prestado.

Una de las modificaciones en esta Ley Orgánica de Precios Justo, por la incorporación de artículos sancionatorios a la información difundida a través de páginas web que: especulen o anuncien información no oficial diferente sobre los precios justos establecidos en este instrumento. 

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También se eliminó en varios casos, las multas de un mil (1.000) unidades tributarias por el pago de 20% del ingreso neto anula o 40% si volvía a incurrir en la infracción. 

A continuación, vea las diferencias de las sanciones en UT y años de prisión:



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