La medida se formalizó con la publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.944, y su objetivo es proporcionar al Ejecutivo las herramientas necesarias para enfrentar las presiones económicas y sociales impuestas por el asedio estadounidense.
El Gobierno de Nicolás Maduro anunció este 8 de diciembre la extensión por 60 días del estado de emergencia económica que rige en Venezuela desde abril, una medida que busca responder a la crisis interna mientras aumentan las tensiones con Estados Unidos.
La prórroga quedó formalizada con la publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.944, lo que permite al Ejecutivo mantener amplias facultades para aplicar acciones extraordinarias en los ámbitos económico, financiero y social.
La decisión se produce en un contexto marcado por el incremento de la presión estadounidense, que mantiene un despliegue militar en el Caribe y recientemente incautó un buque con crudo venezolano, además de sancionar a seis navieras vinculadas al transporte de petróleo.
Facultades otorgadas al Ejecutivo
El decreto de prórroga concede al Gobierno Nacional amplias facultades, entre las cuales destacan:
- Dictar regulaciones excepcionales y transitorias para restablecer los equilibrios económicos.
- Suspender la aplicación y cobro de tributos nacionales, estatales y municipales con el fin de proteger el aparato productivo.
- Concentrar en el Tesoro Nacional la recaudación de tasas y contribuciones especiales, y redireccionar los recursos de todos los fondos existentes.
- Establecer mecanismos extraordinarios para combatir la evasión y la elusión fiscal.
- Suspender la aplicación de las exenciones de tributos nacionales.
- Establecer mecanismos y porcentajes de compra obligatoria de la producción nacional para favorecer la sustitución de importaciones.
- Adoptar medidas necesarias para estimular la inversión nacional e internacional, así como las exportaciones de rubros no tradicionales.
- Adicionalmente, el decreto autoriza al Ejecutivo a realizar contrataciones y a autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional no previstas en el Presupuesto Anual.
El artículo 3 del decreto incorpora una disposición clave: “Sin menoscabo de lo señalado en el artículo anterior, se suspende por el periodo que dure la emergencia económica la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica, financiera y monetaria”.
La normativa también otorga a Maduro la posibilidad de ampliar las acciones del Ejecutivo según la coyuntura: “El presidente de la República podrá dictar otras medidas de orden social, económico o político que estime convenientes a las circunstancias para la estabilidad económica y social del país frente a la situación mundial”.
Fuente: Globovisión

No hay comentarios.:
Publicar un comentario