Según la reciente Tax Alert de EY Venezuela, esta nueva normativa incluye una serie de impuestos que los Sujetos Pasivos Especiales deberán declarar y pagar, como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Sobre la Renta (ISLR), el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), y el Impuesto a las Actividades de Juego.
Los pagos de impuestos se programarán de acuerdo con el último dígito del Registro de Información Fiscal (RIF) de cada contribuyente, y tendrán plazos establecidos en la Providencia.
La normativa también abarca el calendario para el Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP) y las declaraciones de aportes de ingresos de Servicios Desconcentrados.
Los Sujetos Pasivos Especiales que operen en el sector minero o de hidrocarburos, que no sean perceptores de regalías, estarán obligados a presentar sus declaraciones y realizar los pagos del IVA de forma mensual. Por otro lado, aquellos que se dediquen a actividades exentas deberán presentar una declaración informativa del IVA cada tres meses.
¿Qué deben hacer las personas naturales y contribuyentes especiales?
Respecto a la Autoliquidación Anual del ISLR, los contribuyentes deberán cumplir con fechas específicas para la presentación y pago, estableciendo un cronograma que incluye la presentación de porciones en plazos de 20 y 40 días después del vencimiento inicial.
Los contribuyentes que realicen actividades mineras y sean perceptores de regalías deberán presentar una declaración estimada de enriquecimientos en un plazo de 45 días tras el cierre del ejercicio fiscal. Todos los pagos y declaraciones no mencionados en la Providencia se realicen conforme a las normativas vigentes para evitar sanciones.
Retenciones de ISLR:
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