Con este instrumento jurídico se avanzó hacia un nuevo paradigma de
la pesca, la acuicultura y sus actividades conexas, en el cual se
privilegia lo social sobre los intereses económicos particulares,
entendiendo que el bien común y el interés general constituyen sus
finalidades esenciales.
En el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura, Insopesca, se
sigue el camino señalado por el Comandante Eterno, Hugo Chávez, que hoy
conduce con éxito el presidente Nicolás Maduro.
Es un camino que quedó perfectamente señalado en el Plan de la
Patria, concebido por el Gigante Chávez, quien anunció una importante
evolución metódica entre el 2013 y el 2019. Desde su creación, en marzo
del 2008, Insopesca ha venido avanzando en el cumplimiento de los
aspectos que le competen en el marco de los Grandes Objetivos
Históricos.
El primero nos invita a fortalecer la Independencia, y en ese
sentido, lograr la soberanía alimentaria, desencadenando nuestro
potencial agroproductivo. El literal 1.4.1.6., invita a “ordenar y
reglamentar la actividad pesquera y acuícola”, un mandato ya cumplido
por empeño del Gigante Chávez, con la promulgación de una primera
versión de la Ley de Pesca y Acuicultura, el 13 de Noviembre de 2001.
Sometida a la práctica y atendiendo sugerencias de pescadores,
armadores, funcionarios e investigadores, fue parcialmente renovada por
la Asamblea Nacional en julio del 2003 y en marzo del 2008.
La versión vigente y más reciente, está contenida en el Decreto Nro.
1.408 con Rango, Valor y Fuerza de Ley promulgado por el presidente
Nicolás Maduro mediante la Ley Habilitante, de fecha 13-11-2014, y
publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Nro. 6.150 extraordinaria, de fecha 18-11-2014.
UNA NUEVA VISIÓN
Con este instrumento jurídico se avanzó hacia un nuevo paradigma de
la pesca, la acuicultura y sus actividades conexas, en el cual se
privilegia lo social sobre los intereses económicos particulares,
entendiendo que el bien común y el interés general constituyen sus
finalidades esenciales.
Además, reafirma la soberanía alimentaria para garantizar el sagrado
derecho a la alimentación de nuestro pueblo, cambiando los esquemas y
mecanismos para aumentar la producción de la pesca y acuicultura en un
20%, a los fines de alcanzar 300 mil T/Año, según lo establecido en el
Objetivo Nacional 1.4. del Plan de la Patria 2013-2019.
Adicionalmente, incluye y fortalece el empoderamiento y protagonismo
de los Consejos de Pescadores y Acuicultores en concordancia con la Ley
del Poder Popular. Estos Consejos adquieren personalidad jurídica
mediante el registro en el ministerio con competencia en pesca y
acuicultura, (Art. 82, 83 y 84), en este caso, el Ministerio del Poder
Popular para la Agricultura y Tierras (Mppat).
También, las comunidades pesqueras, acuícolas y los tripulantes de
buques pesqueros nacionales gozan de los beneficios, protección y trato
preferencial en materia pesquera, acuícola y seguridad social. Estas
resoluciones establecen una protección especial a las pescadoras y
pescadores artesanales, tradicionalmente excluidos y olvidados,
reconociendo sus derechos ancestrales y sobre todo, su importante
contribución a la satisfacción de la alimentación del pueblo.
Finalmente, la reforma aplicada a la Ley de Pesca y Acuicultura,
simplifica los trámites, al pasar de 80 a sólo 45, y ajusta las tasas
(Art. 29).
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