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viernes, 21 de septiembre de 2018

Capturados cuatro delincuentes que robaban a deportistas en El Ávila

Durante un procedimiento en conjunto entre efectivos de la Guardia Nacional y funcionarios de  Polichacao se capturaron a cuatro delincuentes que se dedicaban a despojar de sus pertenencias a las personas que subían a ejercitarse en El Ávila.

Luego de vainas denuncias interpuestas por las víctimas de robo se ejecutó una investigación y trabajos de inteligencia que dio como resultado la aprehensión de estos cuatro asaltantes.
Los hombres ingresaban por el sector Sabas Nieves y usaban ropa deportiva para confundirse con las personas que suben a diario a la montaña. Con un facsímil sometían los deportistas y luego los despojaban de sus pertenencias.
Las autoridades policiales indicaron que los hampones son provenientes de la parroquia Petare, y todavía faltan otros por capturar para desarticular por completo la banda delictiva.


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2 comentarios:

  1. El Cerro el Avila dejo de existir jurídicamente el 22 de abril de 2010 por decreto presidencial No. 7.338, publicado en la Gaceta Oficial Nro.39419 de fecha 07 de mayo de 2010, cuando pasó a llamarse WARAIRA REPANO. Fíjense la importancia de información veraz que cualquier abogado puede pedir la libertad de los indiciados, pues por un tecnicismo legales hecho no se cometió por no existir jurídicamente el tal Cerro El Avila. "Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege" Es un principio de Derecho Penal, por el que ningún hecho o conducta puede ser calificada como delito si previamente no está regulado en la Ley.

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  2. El Cerro el Avila dejo de existir jurídicamente el 22 de abril de 2010 por decreto presidencial No. 7.338, publicado en la Gaceta Oficial Nro.39419 de fecha 07 de mayo de 2010, cuando pasó a llamarse WARAIRA REPANO. Fíjense la importancia de información veraz que cualquier abogado puede pedir la libertad de los indiciados, pues por un tecnicismo legales hecho no se cometió por no existir jurídicamente el tal Cerro El Avila. "Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege" Es un principio de Derecho Penal, por el que ningún hecho o conducta puede ser calificada como delito si previamente no está regulado en la Ley.

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