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jueves, 16 de septiembre de 2010

Madres del Barrio cobrarán aumento a partir del 20 de septiembre

Caracas, 15 Sep. AVN .- Con un incremento y retroactivo cobrarán, el 20 de septiembre, las Madres de Barrio su bono mensual, según explicó el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, durante un evento realizado la noche de este miércoles en la Plaza Bicentenaria del Palacio de Miraflores, en Caracas.

El jefe de Estado afirmó que el nuevo monto será de 970 bolívares, cantidad que es equivalente a un porcentaje cercano al 80% del sueldo mínimo establecido, además del retroactivo del que se han hecho acreedoras desde el pasado el aumento del salario el pasado 1º de mayo.

Lamentó que aun cuando ya fueron aprobados los recursos destinados, para el pago de este bono, a las mujeres integrantes de la Misión Madres del Barrio se les haya retardado su pago.

“¿Por qué el retardo si son los sectores más vulnerables? eso no se debe retardar, es como las pensiones, la revolución debe ser cada día más eficiente, yo necesito un informe para ver porqué no se les ha pagado a las Madres del Barrio”, recalcó el presidente.

De igual forma aprovechó para afirmar que el bono que reciben las beneficiadas de esta misión no es ningún regalo sino un reconocimiento a las madres que tanto esfuerzo hacen. "A las madres pobres, que están en muchos casos solas con sus hijos, es un punto de apoyo para que ustedes mujeres sigan moviendo el mundo”.

La Misión Madres del Barrio reconoce el valor del trabajo en el hogar, brindando atención integral a las mujeres y a las familias en situación de pobreza extrema, a fin de garantizarles su acceso a sus derechos fundamentales.

El objetivo final de esta misión es apoyar a estas mujeres y sus familias para que puedan incorporarse a actividades productivas y organizarse para participar activamente en el desarrollo del país.

En esta misión son beneficiadas aquellas mujeres que desempeñan trabajos del hogar, que tienen personas bajo su dependencia (hijos, padres u otros familiares) y cuya familia no perciba ingresos de ningún tipo o inferiores al costo de la canasta alimentari



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